El TSJA anula una licencia dada a unos apartamentos turísticos en Valdelagrana ...
Confirma una sentencia del Juzgado de lo Contencioso de Cádiz que advierte que el edificio construido por una promotora sevillana excede en altura de lo permitido · La Junta había recurrido la autorización
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha anulado una licencia que concedió el Ayuntamiento en 2003 y que permitió la construcción de un grupo de apartamentos turísticos junto al paseo marítimo de Valdelagrana.
La sentencia de la sección número 2 de la Sala de lo Contencioso, que data de febrero, confirma una que ya emitió el Juzgado de lo Contencisoo número 2 de Cádiz en julio de 2009. El fallo reitera que en la parcela donde se construyó el edificio "sólo puede construirse un edificio de volumnen semejante al anteriormente existente, lo que implica que sólo puede construirse un edificio de una sola planta pues ni se ha llevado a cabo la segregación de las fincas ni se ha aprobado el correspondiente estudio de detalle". La decisión del alto tribunal andaluz repite así el argumento que ya indicó el Juzgado de lo Contencioso para anular el acuerdo de la Comisión de Gobierno que permitió la construcción del edificio.
Los pisos fueron promovidos por la sociedad sevillana Promociones Nazarenas Laureano SL (germen de NL Grupo Promotor y dirigida por el empresario Modesto Moreno Maestre) y la licencia contó con informes favorables del Área de Urbanismo, tal y como aseguró el ex edil Juan Carlos Rodríguez cuando se supo que la Junta de Andalucía decidió impugnarla. El organismo autonómico advirtió que se estaba promoviendo un edificio residencial en unos suelos catalogadas para usos terciarios y hoteleros mientras que el ex responsable municipal aseguró entonces que la obra contaba con todos los parabienes legales. Sin embargo, desde un principio trascendió que el edificio no tendría una finalidad hotelera ya que la propia promotora anunciaba la venta de estos apartamentos.
Fue el 23 de enero de 2003 cuando se le concedió la licencia de construcción a la promotora sevillana. No obstante, en 2006, cuando se iniciaron las obras, fueron los vecinos de la comunidad de propietarios Bahía Luz, próxima al edificio, los que denunciaron las irregularidades. Pero, ante la falta de actuación municipal, optaron llevar el asunto a la Delegación Provincial de Obras Públicas.
En un primer momento, el delegado provincial de Obras Públicas, Pablo Lorenzo, solicitó al ex alcalde Hernán Díaz que hiciera una revisión de oficio de la licencia. Por entonces, ya se le advertía que ni el edificio estaba inscrito en el Registro de Establecimientos y Actividiades Turísticas y que el proyecto incumplía los parámetros urbanísticos fijados para el solar. Pero el Ayuntamiento mantuvo su posicionamiento por lo que el organismo autonómico optó por presentar un recurso ante el Juzgado de lo Contencioso, que acabó dándole la razón. Sin embargo, tanto la promotora como el Ayuntameinto recurrieron el fallo ante el alto tribunal andaluz, que ha ratificado las tesis de Obras Públicas y ha condenado a los recurrentes a pagar las costas.
El edificio está conformado por 16 apartamentos que actualmetne están sin uso.
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