Firmada la convocatoria para la concesión de ayudas a los autónomos de El Puerto
Crisis del coronavirus / Economía y Hacienda
Una vez publicado el anuncio en el BOP a lo largo de la semana próxima, habrá un mes para realizar las solicitudes
La Oficina de Ayuda al Autónomo (OAA) atenderá a los interesados de manera telemática
Serán ayudas al alquiler, con una primera línea de 186.785 euros en total
El Puerto/En la mañana de este sábado se ha firmado por parte del alcalde Germán Beardo la convocatoria de concesión de ayudas económicas para los autónomos, que gestionará la Oficina de Ayuda al Autónomo (OAA), gestionada por las Delegaciones de Desarrollo Económico y de Hacienda.
Cabe recordar que se destinará una primera línea de 186.785 euros para ayudas directas a los autónomos portuenses para el 50% del alquiler de su negocio hasta un límite de 400 euros, y que la OAA atenderá de manera telemática a los autónomos portuenses en oficinaayudaautonomo@elpuertodesantamaria.es y los teléfonos: 956 860 677, 650 385 117 y 650 375 534.
Estas ayudas se arbitran por las circunstancias excepcionales en las que se encuentra El Puerto, en un contexto de crisis sanitaria sin precedentes ocasionado por el coronavirus, que está afectando a la economía local "provocando una parálisis generalizada de la actividad". Según ha apuntado el alcalde Germán Beardo, "es necesario dar respuesta a la problemática que surge en nuestro tejido empresarial, debiéndose adoptar medidas urgentes que complementen a las ya aprobadas desde otras administraciones públicas de distinto ámbito territorial".
El impacto económico negativo está siendo generalizado, ya que las medidas de contención de la pandemia están afectando a empresas de la mayoría de sectores económicos cuyas actividades no se consideran imprescindibles para garantizar la cadena de suministro de bienes y servicios básicos.
Por ello, desde el Ayuntamiento de El Puerto de Santa María "se están redirigiendo todos los esfuerzos económicos con el objetivo de paliar y actuar de manera inmediata, otorgando liquidez a las empresas de la ciudad para contribuir a facilitar el cumplimiento de sus obligaciones empresariales, que les permita reactivar sus empresas y el mantenimiento del empleo una vez superado el estado de alarma decretado desde el Gobierno del Estado".
De esta forma, ha sido necesario reorientar la finalidad de las convocatorias de ayudas que el Ayuntamiento ha venido realizado con anterioridad, destinadas a apoyar nuevas actividades económicas de autoempleo, calificadas como Proyectos Empresariales de Interés Local PEIL, y destinarlas a proteger a un amplio colectivo de personas trabajadoras autónomas afectadas, "que se consideran especialmente vulnerables por no disponer de un músculo financiero que les permita hacer frente a las necesidades de liquidez inmediata".
Para el equipo de gobierno local "es una prioridad dar protección a los autónomos más afectados de un modo directo ya que son la base de la economía portuense y se merecen una respuesta a las circunstancias económicas excepcionales que se han producido, sumándose a las medidas adoptadas desde otras Administraciones Públicas a nivel comunitario, nacional y autonómico en las últimas semanas, con el objetivo de contribuir a evitar un impacto económico prolongado más allá de la crisis sanitaria".
La convocatoria de concesión de ayudas económicas para facilitar el pago del alquiler de locales de negocio durante el periodo de vigencia del estado de alarma declarado por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, ocasionada por el Covid 19, recoge que podrán ser beneficiarias "las personas físicas titulares de empresas individuales no societarias en quienes concurran tener el domicilio fiscal y la residencia en El Puerto de Santa María, estar dada de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos y ser titular de un contrato de arrendamiento para uso distinto de vivienda, de conformidad con la Ley 29/1994, de 24 de noviembre vigente en el momento de la declaración de estado de alarma".
El local arrendando debe estar afecto al ejercicio de la actividad económica que desarrolla en la localidad, así como contar con la oportuna licencia de apertura o tarjeta de apertura.
En los supuestos en los que, habiendo presentado declaración responsable de apertura, aún no se haya emitido la tarjeta de apertura, será suficiente con la acreditación de la presentación de la declaración responsable totalmente cumplimentada y acompañada de la documentación señalada en la misma como imprescindible.
La actividad que se desarrolla en el local debe estar comprendida entre aquellas que fueron obligadas a la suspensión de actividad presencial o de apertura al público, según el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y sus posteriores modificaciones o normativa dictada al efecto de la suspensión motivada por la crisis sanitaria, y que estén incluidas en el listado de CNAEs (Clasificación Nacional de Actividades Económicas). Este tiene un carácter "exclusivamente enumerativo, pero no limitativo" y que se ofrece a los meros efectos de ayuda para el autónomo solicitante: Venta de automóviles y vehículos de motor ligeros, venta de otros vehículos de motor, comercio al por menor de repuestos y accesorios de vehículos de motor, otro comercio al por menor en establecimientos no especializados, comercio al por menor de textiles en establecimientos especializados, comercio al por menor de ferretería, pintura y vídrio en establecimientos especializados, comercio al por menor de alfombras, moquetas y revestimientos de paredes y suelos en establecimientos especializados, comercio al por menor de aparatos electrodomésticos en establecimientos especializados, comercio al por menor de muebles, aparatos de iluminación y otros artículos de uso doméstico en establecimientos especializados, comercio al por menor de libros en establecimientos especializados, comercio al por menor de grabaciones de música y vídeo en establecimientos especializados, comercio al por menor de artículos deportivos en establecimientos especializados, comercio al por menor de juegos y juguetes en establecimientos especializados, comercio al por menor de prendas de vestir en establecimientos especializados, comercio al por menor de calzado y artículos de cuero en establecimientos especializados, comercio al por menor de artículos de relojería y joyería en establecimientos especializados, otro comercio al por menor de artículos nuevos en establecimientos especializados, comercio al por menor de artículos de segunda mano en establecimientos especializados, restaurantes y puestos de comidas, provisión de comidas preparadas para eventos, establecimientos de bebidas, actividades de exhibición cinematográfica, actividades de las agencias de viajes, artes escénicas, gestión de salas de espectáculos, actividades de museos, gestión de lugares y edificios históricos, actividades de los jardines botánicos, parques zoológicos y reservas naturales, actividades de juegos de azar y apuestas, gestión de instalaciones deportivas, actividades de los clubes deportivos, actividades de los gimnasios, otras actividades deportivas, actividades de los parques de atracciones y los parques temáticos, otras actividades recreativas y de entretenimiento, y peluquería y otros tratamientos de belleza.
Germán Beardo ha explicado que no se excluye la posibilidad de que, en función de la actividad efectivamente realizada en el establecimiento, la misma pudiera tener encaje entre dichas actividades suspendidas, a pesar de no encontrarse en esta relación. En este sentido, las dudas que puedan existir se resolverán en la Oficina de Ayuda del Autónomo.
Los interesados tendrán que presentar sus solicitudes a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de El Puerto de Santa María, una vez sea publicada en el BOP (Boletín Oficial de la Provincia), para lo cual se enviará la convocatoria este próximo lunes 20 de abril, por lo que podría ser publicado a lo largo de la semana próxima, y después se abrirá el plazo durante un mes.
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