La propietaria de la antigua Joy Sherry denuncia el nuevo PGOU en el TSJA

Presenta un recurso contra su aprobación tras no incluirse un convenio urbanístico ratificado por el Ayuntamiento en 2002 · El Plan General reclasifica la finca pero no con los parámetros acordados entonces

La finca donde se encuentra el palacete que en su día albergó la Joy Sherry ha sido declarada urbanizable en el nuevo Plan General.
La finca donde se encuentra el palacete que en su día albergó la Joy Sherry ha sido declarada urbanizable en el nuevo Plan General.
E. M. Cañas / El Puerto

26 de enero 2012 - 01:00

La sociedad Patrimonio Inmobiliario Siglo XXI SA, domiciliada en Jerez y vinculada a la familia de empresarios Mora Figueroa, ha denunciado el nuevo Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). Así, ha presentado un recurso por la vía de lo contencioso-administrativo tras haber sido aprobado el futuro ordenamiento por el Pleno municipal a finales de marzo pasado.

Ni la sociedad recurrente ni el Gobierno local quisieron dar detalles de las diligencias abiertas en la sala segunda de la sede sevillana del alto tribunal andaluz pero este periódico ha podido saber que están relacionadas con el futuro desarrollo urbanístico de la fina El Cerrillo, donde se encuentra edificado el palacete que en la década de los ochenta y noventa albergó la discoteca Joy Sherry. Las fuentes consultadas coinciden en señalar que el recurso está sustentado en que los responsables de Patrimonio Inmobiliario Siglo XXI SA entienden que el futuro Plan General (que está pendiente de que la Junta lo ratifique para su entrada en vigor) no incluye los parámetros edificatorios acordados en 2002 con el Ayuntamiento. En aquel entonces, el Pleno Municipal aprobó, con los votos de IP y PP, un convenio urbanístico que reclasificaba la finca, de unos 81.000 metros cuadrados, para que se pudieran construir 285 viviendas y un hotel. A cambio, el Ayuntamiento recibía en propiedad el antiguo palacete y los jardines aledaños.

Sin embargo, el documento de aprobación provisional que elaboró el Ayuntamiento el año pasado mantiene los usos residenciales en la finca El Cerrillo pero con distinta edificabilidad. Así, incluye la parcela en un desarrollo junto a las tres fincas aledañas conformando una única unidad de ejecución (antes estaban separadas en dos) cuya superficie alcanza los 141.000 metros cuadrados y en la que se proyectan 452 viviendas, de las que 187 serán de protección oficial. La diferencia entre sendas propuesta de ordenación radica en que el convenio urbanístico catalogaba esta finca como suelo urbano no consolidado (lo que permitiría desarrollarse antes), mientras que en el nuevo PGOU se establece como suelo urbanizable sectorizado (lo que conlleva que necesite de una tramitación administrativa mayor además de otras determinaciones de carácter técnico relacionadas con las cargas que debe asumir el propietario).

Los parámetros urbanísticos propuestos sobre esta parcela han variado desde que se aprobó el convenio en 2002. Al año siguiente de la firma, el equipo de Gobierno de IP sacaba adelante el documento de aprobación inicial del PGOU que contemplaba ya la reclasificación de esta parcela. Eso sí, la sociedad Patrimonio Inmobiliario Siglo XXI presentó entonces una alegación advirtiendo que el ordenamiento ya incumplía el acuerdo, aunque la petición fue rechazada.

Mientras, en 2007, con el PP y PA gobernando, se encargó a la empresa del arquitecto jerezano Manuel Ángel González Fustegueras la reelaboración del nuevo Plan General de Ordenación puesto que un informe de la Junta había invalidado buena parte del documento que se había aprobado hasta entonces. Se hizo una reformulación del crecimiento urbanístico de todos los suelos urbanizables y una de las modificadas fue la de El Cerrillo. Así, la finca dejó de conformar en solitario una unidad de ejecución y fue unida a las parcelas aledañas. Ante esto, Patrimonio Inmobiliario Siglo XXI presentó otra alegación reclamando nuevamente que se tuviera en cuenta el convenio urbanístico acordado hace casi una década. En cambio, se le contestó que, a pesar del acuerdo suscrito, este no es vinculante a efectos de planeamiento puesto que no supone unos "derechos adquiridos" para la propiedad. Asimismo, incidía en que estos suelos no pueden ser declarados como urbanos ya que no cumplen con las determinaciones que establece la normativa urbanística al respecto y que la edificabilidad planteada era acorde con la de los terrenos del entorno. Pero esta contestación no ha sido aceptada por la propiedad que ha decidido recurrir al Contencioso para defender su posicionamiento.

Por otro lado, el futuro ordenamiento contempla la conservación integral del antiguo palacete. El documento establece que sólo se podrán realizar en él obras de conservación, mantenimiento y restauración. Tras el cierre en 1991 como discoteca, el ostentoso inmueble ha estado cerrado (salvo una pequeña temporada que volvió a reabrir como espacio de ocio). Se barajaron varias propuestas de usos alternativos, entre ellas la de destinarlo para albergar los juzgados, pero ninguna llegó a fructificar. Actualmente, sólo se reabre la finca durante los días de Feria ya que sus alrededores se utilizan como bolsa de aparcamiento.

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