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Tres nuevos 'puestazos' para dirigir el Ayuntamiento de El Puerto

A punto de designarse los cargos de coordinador general, director general de Organización Municipal y Asesoría Jurídica, con complementos específicos anuales que suman más de 107.000 euros, aparte de sus salarios

El Puerto ya es Gran Ciudad, ¿y ahora qué?

El alcalde, Germán Beardo, en un reciente pleno municipal. / Miguel Gómez

El Puerto/El Ayuntamiento de El Puerto está a punto de cubrir tres nuevos puestos directivos dentro de su organización de Gran Población -a los que destinará complementos específicos anuales de 107.184 euros en total, más los sueldos de cada trabajador- tras haberse emitido un decreto del alcalde, Germán Beardo, el pasado mes de septiembre, en el que se aprobaba la relación de órganos directivos considerados esenciales en la nueva estructura de organización del Ayuntamiento.

La junta de gobierno local celebrada el pasado 23 de enero aprobaba las bases para la selección, mediante libre designación, de los titulares de los órganos directivos de coordinador general del Ayuntamiento, Dirección general de Organización municipal, Función pública y Desarrollo Económico, y Asesoría Jurídica. En estas bases se establecían los complementos específicos anuales para cada puesto, que serán de 40.832 euros en el caso del coordinador general; 35.728 euros en el caso del director (o directora) de Organización municipal y 30.624 euros en el caso de la Asesoría Jurídica, complementos al margen de los salarios de cada uno de ellos.

Se da la circunstancia de que el 22 de enero de 2025 el interventor municipal emitió un informe de fiscalización previa con carácter de reparo suspensivo sobre esta decisión. Ese mismo día la directora del Servicio de Gran ciudad, Función Pública y Organización Municipal, Mila Pérez, emitió un informe de discrepancias que se resolvió por parte del alcalde el 23 de enero, pudiendo continuar entonces la tramitación del expediente.

Las bases aprobadas por la Junta de Gobierno Local se publicaron en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) el pasado 13 de febrero. El acuerdo de nombramiento deberá realizarse en el plazo máximo de un mes contado desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, que era de diez días, aunque podrá prorrogarse hasta un mes más.

Para el puesto de coordinador general del Ayuntamiento se podían presentar funcionarios de carrera o empleados laborales fijos del propio Ayuntamiento, del Estado, de las Comunidades Autónomas, de Entidades Locales o funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional que pertenezcan a cuerpos o escalas clasificados en el subgrupo A-1; los mismos requisitos que para el puesto de director o directora general de Organización Municipal, Función Pública y Desarrollo Económico. Para el puesto de titular de la Asesoría Jurídica se debía estar en posesión del título de Licenciado o grado en Derecho y ostentar la condición de funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional, o bien funcionario de carrera del Estado, de las comunidades autónomas o de las entidades locales, a los que se exija para su ingreso el título de doctor, licenciado, ingeniero, arquitecto o equivalente.

El nombramiento se efectuará por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, a la vista del informe-propuesta del concejal delegado del Área de Gobierno a la que esté incardinado el órgano directivo, o del alcalde en el caso del coordinador general del Ayuntamiento, a favor de alguno de los candidatos en quien concurran las condiciones generales y requisitos exigidos en las presentes Bases, motivando la elección que consistirá en la apreciación discrecional de la idoneidad de la persona candidata atendiendo a criterios de competencia profesional y experiencia.

Ya el pasado mes de julio se incorporaba al Ayuntamiento uno de los nuevos cargos adscritos al estatuto de Gran Población, la directora del Servicio de Gran Ciudad, Función Pública y Organización Municipal, María del Milagro Pérez Pérez (más conocida en el ámbito municipal como Mila Pérez).

Para el cargo de coordinador general suena con fuerza un nombre de sobra conocido en el Ayuntamiento, aunque habrá que esperar a que se produzca el nombramiento en las próximas fechas.

El nuevo coordinador general tendrá funciones prácticamente omnímodas

Las competencias que tendrá el nuevo coordinador general son amplísimas y omnímodas y entre ellas figuran la coordinación general de los órganos directivos y de los entes dependientes del Ayuntamiento; coordinación y dirección de proyectos que, por su carácter transversal, afectando a diversas Áreas de Gobierno, deben ser objeto de una coordinación y unidad de planificación y dirección; proporcionar al alcalde y equipo de gobierno el asesoramiento y la información que resulte necesaria.

También asesorar al alcalde en aquellos asuntos y materias que éste disponga; la coordinación técnica de la acción del Equipo de Gobierno; la dirección superior del área de gobierno de Presidencia y Proyectos Estratégicos y de los servicios administrativos integrados en ella; elaborar propuestas de actuación municipal; la dirección para el impulso de infraestructuras y grandes proyectos de ciudad; la dirección de los servicios comunes; conocer, tramitar, impulsar y resolver cualquier expediente de las áreas de gobierno que le asigne por decreto el alcalde; y la dirección superior de la inspección general de los servicios como objetivo principal para garantizar la eficacia, eficiencia y calidad de los servicios públicos municipales, así como promover la mejora continua en la gestión interna del Ayuntamiento incluyendo entre sus funciones la realización de auditorías operativas y de gestión sobre los diferentes servicios y unidades administrativas, la evaluación de la adecuación y cumplimiento de los procedimientos y normativas internas, la propuesta de medidas correctivas y de mejora basadas en los resultados de las auditorías y evaluaciones realizadas, la supervisión de la implementación de dichas medidas correctivas y de mejora, la colaboración en el desarrollo e implementación de sistemas de calidad y evaluación del desempeño; ejercer las atribuciones delegadas por el alcalde o por la Junta de Gobierno Local, adoptando sus resoluciones la forma de decreto; efectuar instrucciones técnicas y fijar directrices a los órganos directivos o, en su caso, a los máximos responsables técnicos de los servicios o unidades administrativas municipales, así como a los gerentes o directores de las entidades municipales dependientes; así como otras funciones que le sean encomendadas por el alcalde.

En definitiva, la mayoría de estas funciones son las que ya en la práctica ostenta el asesor del alcalde Antonio Caraballo, aunque con la potestad de firmar decretos.

En cuanto a la Dirección de Organización municipal, Función pública y Desarrollo Económico, sus competencias serán la organización municipal, simplificación administrativa, administración electrónica, personal, desarrollo económico, gestión económica-financiera, presupuestaria, tributaria, recaudación, tesorería, contabilidad, fondos europeos, atención al ciudadano y estadística. También la dirección superior de la elaboración del Presupuesto General y sus modificaciones; y la dirección superior de la elaboración de proyectos de disposiciones, ordenanzas, reglamentos, planes, acuerdos y convenios respecto de las materias relativas a su ámbito competencial, unas funciones muy similares a las que se adjudican ahora al cargo de director general de Organización municipal.

Finalmente, dentro del decreto emitido por el alcalde el pasado mes de septiembre se prevé también la creación de otros nuevos cargos, como la Subdirección General de Ordenación del Territorio.; Subdirección General de Paisaje Urbano; y Subdirección General de Servicios a la Ciudadanía, aún pendientes de cubrir.

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