Condenado un joven de 25 años por tener relaciones con una niña de 12

El tribunal, que impone 4 años de cárcel, explica que la menor no le dijo su edad real al procesado hasta después de un primer episodio sexual pero que hubo un segundo

Francisco Javier Gracia, magistrado de la Audiencia Provincial.
T. Ramos / Cádiz

15 de junio 2011 - 05:01

La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a cuatro años de prisión a un joven vecino de Puerto Real por mantener relaciones sexuales con una niña de 12 años de edad. La sentencia afirma que el procesado, de 25 años, desconocía en principio la edad real de la menor porque ella aparentó que tenía 14 o 15 años en internet. Pero agrega que después de un primer episodio sexual consentido sí que lo supo y, pese a ello, hubo un segundo encuentro. El tribunal considera que el acusado cometió un delito de abuso sexual.

Al tener la menor menos de 13 años de edad, "se presume de iure que no estamos ante un acto sexual consentido", anota la sentencia, que recuerda así que el Código Penal castiga como responsable de abuso sexual a quien realice actos, consentidos o no, que atenten contra la indemnidad sexual de un menor de trece años.

Que la menor no le dijo al procesado su edad al principio lo da el tribunal por cierto porque la propia niña lo admitió. También tiene en cuenta que unas psicólogas comentaron en el juicio que por la forma de conducirse y expresarse y por su madurez y también por su forma de vestir, la menor aparentaba en las entrevistas que mantuvieron con ella una edad muy superior a la que tenía. Su capacidad intelectual, añade la sentencia, es media-alta, según el informe psicológico, lo que también estima destacable el tribunal.

El procesado aseguró en el juicio que no mantuvo relación sexual alguna con la menor. Pero el tribunal indica que cree "plenamente y en firme" el testimonio de la niña, sobre el que dos psicólogas dijeron que era "altamente creíble". Ella relató que tuvieron una primera relación y que no le dijo su verdadera edad al acusado hasta inmediatamente después de ese primer acceso carnal. Que entonces él le contestó que no se le ocurriera contárselo a nadie, especialmente a su madre y tampoco a su amiga. Eso ocurrió en febrero de 2009. El siguiente fin de semana, ya sabiendo la edad de ella, el procesado le propuso hacer de nuevo el amor, señala la sentencia, pero ella respondió que no quería y a continuación accedió a hacerle una felación.

La sentencia de la Sección Primera, de la que ha sido ponente el magistrado Francisco Javier Gracia Sanz, absuelve a un segundo procesado en el mismo procedimiento para quien el fiscal solicitó dos años y dos meses de prisión por un delito continuado de abuso sexual. Este otro acusado mantuvo relaciones sexuales consentidas con otra menor, también de 12 años de edad, amiga de la anterior. Pero la sentencia afirma que en este caso, el tribunal encuentra una duda "más que razonable" al abordar una cuestión básica: si el procesado, un joven de 18 años de edad, sabía que la menor tenía 12 años.

La menor admitió en el juicio que no recordaba haberle dicho al acusado su edad durante el tiempo en que se relacionaron. Y, al igual que su amiga, también reconoció que en internet, en una red social, se presentó con un perfil de edad de 14 o 15 años.

El procesado declaró en el juicio que creía que la menor tenía 14 o 15 años. El tribunal argumenta en la sentencia que hay elementos que corroboran que eso puede ser cierto, entre ellos el testimonio de las psicólogas, quienes dijeron que la menor, "tanto físicamente como por su grado de madurez", aparentaba más edad de la real.

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