Doce de los veinte acusados, absueltos
El tribunal dice que esta docena de procesados ignoraba los intereses reales de Sánchez
Cádiz/La sentencia emitida por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Cádiz dictamina la absolución de doce de los veinte procesados por el 'caso Uniformes'. La resolución señala que no ha resultado acreditado que Juan Carlos Utrera, secretario del Ayuntamiento de Rota defendido por el letrado José Manuel Jareño, tuviera conocimiento de "los reales cargos e intereses económicos" de los condenados en las distintas empresas mercantiles implicadas, "ni que por ello mantuviera una posición pasiva consintiendo las contrataciones y no emitiera informes jurídicos en contra de las mismas". De hecho, la resolución subraya que Utrera advirtió de la incompatibilidad de ser contratista con la administración mientras se ostenta un cargo electo.
Tampoco ha quedado acreditado que tuvieran constancia de las verdaderas intenciones de lucro de Sánchez, su esposa y Montemayor Laynez el jefe del departamento de Compras del Ayuntamiento de Rota, José Gómez, ni los entonces delegados de varias áreas municipales que encargaban el suministro de material, en concreto, Juan Antonio Liaño Pazos, delegado de Personal, Régimen Interior y Gobernación; Auxiliadora Delgado, delegada de Personal; María del Carmen Laynez, delegada de Educación, Fomento, Turismo y Comercio; y Antonio Peña, delegado de Servicios Sociales (y ex alcalde de Chipiona).
La Sección Cuarta exculpa también a los reponsables técnicos de la sociedad municipal Aremsa: a Luis Barrera como director gerente; a Manuel González Martín-Bejarano como director técnico y a los miembros de la mesa de adjudicación Teresa Villanueva, Pedro Bejarano y Cristina Bernal.
La resolución judicial, que ha tardado más de seis meses en hacerse pública, no ve probado que los contratos suscritos entre el Ayuntamiento y sus fundaciones por parte de los delegados antes mencionados, junto al jefe de Contratación, resolvieran en algunos casos (en los supuestos de contratos menores de cuantía inferior a 1.500 euros que no pasaban por la Junta de Gobierno Local así como en los superiores a 1.500 euros) la adjudicación de suministros a las empresas vinculadas a Sánchez y los suyos para favorecerlos expresamente.
Tampoco se aprecian irregulariades en las Juntas de Gobierno Local, "cuyos integrantes ignoraban que los ediles de RRUU fueran administradores de hecho de las empresas adjudicatarias".
De otra parte, el tribunal da por bueno que tanto Eva Corrales, entonces delegada de la Fundación de Turismo y Comercio, como Jesús Corrales, el que fuera delegado de Servicios Municipales y Costaballena, desconocían los alicientes económicos que Lorenzo y su compañera de partido tenían en las empresas textiles implicadas en la causa, "con excepción de Pachecho Puyana, respecto de la cual sí conocían la real participación de Sánchez y Puyana".
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