Ratificada una condena por un fallecido que trabajó con amianto
Salud
El TSJA desestima un recurso presentado por la empresa Navantia
Cádiz/La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado el recurso presentado por Navantia contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 2 de Cádiz que condenó a esa empresa, a Izar y a Piquetas Mecánicas a indemnizar con 46.500 euros a la viuda y a la hija de un trabajador que estuvo en contacto con amianto durante años y murió tras padecer un cáncer de pulmón.
Los hechos se remontan al periodo comprendido entre los años 1955 a 1963, fechas en la que el trabajador estuvo prestando sus servicios como trabajador de Astilleros Españoles, en la filial Piquetas Mecánicas, arreglando buques en el dique seco Nuestra Señora del Rosario. El bufete Ortiz Abogados, que representa a la familia del demandante, explicó que en ese trabajo, el fallecido estuvo en contacto directo con el polvo de amianto, material que se usaba en aislamiento de motores y cabinas.
Tras la demanda, el Juzgado de lo Social número 2 de Cádiz estimó parcialmente la reclamación y concedió a la viuda e hija del trabajador el 50% de la indemnización mínima contenida en el baremo relativa a accidentes de tráfico, señaló Ortiz Abogados.
La sentencia consideró probado que el trabajador fallecido fue diagnosticado de silicosis pulmonar en junio de 1980 y que le fue reconocida en 1989 la incapacidad permanente absoluta, derivada de enfermedad profesional.
Un TAC realizado al trabajador en el año 2006 y el resultado de la autopsia pusieron de manifiesto claramente, explicó Ortiz Abogados, la existencia de placas pleurales de asbestosis.
El juez, añadió el bufete, afirma en su sentencia que se puede atribuir por mitad a cada enfermedad la causa de la muerte, por lo que concedió el 50% de la indemnización que correspondería aplicando el baremo de los accidentes de tráfico.
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