El TSJA dice que Astilleros no medía las concentraciones de amianto

El TSJA revoca una sentencia anterior y condena a Navantia a indemnizar a un trabajador

Ramón Dávila, ayer en su despacho, comentando la sentencia del TSJA.
Ramón Dávila, ayer en su despacho, comentando la sentencia del TSJA.
T.r. / Cádiz

27 de abril 2012 - 05:01

La sentencia del TSJA que condena a Navantia a indemnizar con 150.000 euros a un trabajador afectado por el amianto afirma que no hay constancia de que la empresa (entonces denominada Astilleros Españoles) haya acreditado que en el centro de trabajo en el que prestaba sus servicios el demandante fueran realizadas mediciones de concentración de amianto en el ambiente y que no se superasen las concentraciones máximas permitidas de fibras de amianto en los ambientes de trabajo.

La resolución explica que tampoco consta que le fuese proporcionada ropa adecuada al trabajador o ropa de utilización exclusiva en la empresa, donde quedasen las prendas para ser lavadas correctamente. Y señala la sentencia que no consta, además, que la empresa realizase al trabajador demandante reconocimientos médicos específicos o con la periodicidad semestral requerida.

Tampoco consta, agrega el tribunal, que la limpieza del lugar y de las herramientas de trabajo fuese realizada en la forma indicada en la normativa. Según parece, indica, los equipos de protección individual consistían exclusivamente en mascarillas, lo que vulneraba las normas contenidas en órdenes y decretos de 1940, 1941, 1961 y 1961. "Es indudable", dice el TSJA, "a la vista de la anterior doctrina, que la empleadora debe responder de los daños y perjuicios derivados del mesotelioma pleural que padece el trabajador y que ha desembocado en que se le declare afecto de incapacidad permanente absoluta para toda profesión u oficio, y que según se declara en la sentencia, y no ha sido discutido, fue derivado de la exposición del actor a polvo de amianto en su puesto de trabajo entre 1976 y 1981".

La sentencia revoca otra anterior, dictada por el Juzgado de lo Social número 3 de Cádiz. Al trabajador lo representó el abogado Ramón Dávila, quien comentó ayer que tiene pendientes de sentencia otros quince casos de la provincia de Cádiz.

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