El TSJA ratifica el confinamiento de Bornos y Villamartín

El Alto Tribunal andaluz, dividido en su respuesta tras el fin del estado de alarma: respalda la petición de la Junta respecto a estos dos municipios serranos y descarta, sin embargo, cerrar Montefrío, un pueblo de Granada.

Cribado a vecinos de Villamartín. / Ramón Aguilar
J.A.

11 de mayo 2021 - 13:11

Cádiz/La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) acaba de dictar un auto por que el ratifica el confinamiento de los municipios gaditanos de Bornos y Villamartín desde el pasado 9 de mayo y hasta el próximo día 15 del mismo mes, ambos inclusive, al haber superado sendas localidades de la Sierra de Cádiz los 1.000 casos de incidencia acumulada por cada 100.000 habitantes. La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA, con sede en Sevilla, aprecia la "necesidad, idoneidad y proporcionalidad" de esta medida frente al Covid-19 una vez finalizado el estado de alarma.

El Alto Tribunal andaluz respalda así la petición formulada por la Junta de Andalucía y da el visto bueno a esta medida sanitaria conforme a las determinaciones del Comité Territorial de Salud Pública de Alto Impacto de la provincia de Cádiz, órgano que mantuvo su última reunión el pasado 6 de mayo.

Sin embargo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA, con sede en Granada, no ha ratificado la orden emitida por la Junta para confinar el municipio de Montefrío, en Granada, uno de los cuatro pueblos (junto a Bornos, Villamartín y Castro del Río, en Córdoba) sobre los que Salud solicitó esta medida debido a la tasa de coronavirus.

Según ha explicado el TSJA, la decisión sobre Montefrío la ha tomado la sala al considerar que las restricciones de derechos fundamentales no pueden realizarse de forma "indiscriminada y masiva".

"Se está imponiendo una restricción indiscriminada de un derecho fundamental, hasta el extremo de que afecta, incluso, a aquellos ciudadanos que ya estuvieron vacunados", ha apuntado el TSJA en su resolución respecto al pueblo de Granada.

El auto ha apuntado además que el precepto "adolece de una imprecisa redacción" y que debería modificarse para que resulte más favorable al ejercicio de derechos fundamentales.

Fuentes judiciales han detallado que el auto ha sido deliberado por los doce magistrados que componen la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA, con sede en Granada, y contra el mismo se ha anunciado un voto particular.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ofrece así dos respuestas diferentes tras el fin del estado de alarma a la hora de adoptar medidas para hacer frente a las crisis sanitaria.

La Junta recurre

La Junta de Andalucía presentará un recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra el auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA que no ampara el cierre de Montefrío, en Granada, algo que sí ha hecho la misma sala, pero de Sevilla, con otras tres localidades de Córdoba y Cádiz.

El Gobierno andaluz recurrirá al Supremo con la intención de que se den las mismas situaciones en toda la comunidad, ya que el portavoz, Elías Bendodo, ha considerado en rueda de prensa que "no tiene sentido" que no se permita el cierre de unos municipios "y de otros sí".

Ha ligado las contrarias decisiones de las salas del TSJA en Granada y Sevilla con "el disparate" del Ejecutivo central de "judicializar la desescalada" y de "subcontratar la gestión de la pandemia" del coronavirus, ahora con el Tribunal Supremo.

"Esto pasa por delegar en la Justicia lo que tiene que hacer el Gobierno", ha señalado Bendodo, quien ha urgido a la convocatoria de la Conferencia de Presidentes para tratar la desescalada, ya que ahora "se trata de pelear con un brazo atado a la espalda".

Ha denunciado que "el Gobierno de España nos ha sumido en un estado caótico" y ha criticado la "dejación de funciones e irresponsabilidad" del Ejecutivo de la nación.

Bendodo ha expuesto la "situación de incertidumbre" que se genera con esta situación y ha defendido que "cualquier municipio con más de 1.000 casos debe estar cerrado perimetralmente", independientemente del porcentaje de vacunación que tenga.

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