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Técnicos locales denuncian al alcalde por presunta prevaricación y cohecho

Critican que la Corporación gestione fuera del Consistorio la ordenanza de regularización de las viviendas en el campo

José María Ruiz / Barbate

14 de mayo 2011 - 05:01

barbate/Un grupo de arquitectos y arquitectos técnicos de Barbate que superan la decena y que ejercen su labor profesional en esta población han interpuesto en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción una denuncia por "presunta prevaricación y cohecho, contra el alcalde, Rafael Quirós Cárdenas, contra la junta local de gobierno como órgano de contratación y contra cuanta otras personas puedan resultar responsables" de una serie de hechos que han sido puestos de manera documental en manos del juzgado.

Según consta en esa documentación, la denuncia se argumenta en base a "que el Ayuntamiento de Barbate aprobó recientemente una ordenanza sobre los procedimientos administrativos, a seguir para la declaración al régimen de asimilados de viviendas e inmuebles de fuera de ordenación". Que igualmente, "la Corporación local, decidió poner en marcha esta iniciativa, llevándose dicha gestión fuera de las dependencias municipales".

Así, se explica en la documentación aportada, que "para ello la contratación se ha llevado a cabo por el procedimiento de adjudicación (procedimiento negociado sin publicidad), dicho procedimiento". Un procedimiento que entienden los profesionales denunciantes que está "fuera de contexto e inadecuado, además de sospechosamente urdido, falto de transparencia, inexplicablemente fugaz y carente de la más mínima difusión pública".

Según denuncian, "la empresa a la que se le ha encargado dichos trabajos se denomina, Vivir en el campo SL, teniendo su domicilio social en Sevilla, al igual que las otras dos empresas invitadas al procedimiento de adjudicación".

Los profesionales que han puesto estos hechos en conocimiento del juzgado, exponen que "tuvimos noticias de estos hechos una vez adjudicada a la empresa anteriormente reseñada, habiéndose personado tanto individual como colectivamente en las dependencias municipales para recabar información sobre los hechos denunciados, sin que por parte de los responsables del equipo de gobierno hayamos tenido una respuesta ágil y del todo positiva, ya que de todo lo solicitado solo se nos ha facilitado, y evidentemente tarde, el pliego de condiciones técnicas y económicas y el de las condiciones administrativas".

Según argumentan en sus escritos, "el procedimiento de adjudicación elegido es el negociado sin publicidad" y en su opinión, "para el cumplimiento de este procedimiento nos remite al artículo 154 de la Ley de contratos del sector público (LCSP), entre otras condiciones este artículo viene a decir que es necesario un mínimo de tres empresas de reconocida solvencia económica y técnica" .

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