Condena al SAS: Una mujer pierde la visión de un ojo por una negligencia en el Clínico de Puerto Real

La paciente no fue asistida por ningún oftalmólogo cuando acudió a Urgencias.

Una mujer pierde la visión de un ojo tras operarse en el Puerta del Mar.

Hospital Universitario de Puerto Real
Hospital Universitario de Puerto Real / Julio González
Redacción

16 de junio 2022 - 14:48

Cádiz/Un juzgado ha condenado al Servicio Andaluz de Salud a indemnizar con 35.976 euros a una mujer que perdió la visión de un ojo tras darse un golpe, acudir a Clínico de Puerto Real y no recibir la atención de ningún oftalmólogo, según informa en un comunicado el Defensor del Paciente.

Los hechos se remontan al 21 de agosto de 2018, cuando la paciente, de 77 años, se cayó en su domicilio y se dio un golpe en el ojo derecho.

Acudió con el ojo ensangrentado a Urgencias del Hospital de Puerto Real, donde se limitaron a darle puntos de sutura en el párpado, tras lo que la enviaron a casa sin que ningún oftalmólogo la viera antes.

Ese mismo día por la tarde la paciente volvió al hospital porque sentía anomalías visuales. En esta ocasión tampoco la atendió ningún especialista oftalmólogo. Dos días más tarde la mujer regresó al Clínico porque ya no veía.

"Como consecuencia de la caída, sufrió un traumatismo ocular con herida escleral por la que se le salió todo el contenido conjuntivo del ojo, literalmente se le vació", explica el Defensor del Paciente en su nota.

La sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 11 de Sevilla señala que se cometió una "grave negligencia" porque los traumatismos oculares son una urgencia oftalmológica que requieren de un diagnóstico y un tratamiento urgente.

"En este caso, si le hubieran suturado el interior del ojo el mismo día que acudió dos veces a Urgencias, no se le habría vaciado y conservaría la visión. Esta intervención se la hicieron el 30 de agosto, nueve días después de la caída, cuando ya era muy tarde", indica la organización.

La paciente ha recurrido la sentencia por considerar escasa la cuantía indemnizatoria, mientras que el SAS la ha recurrido también para que sea menor.

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