La elección de colegio centra el 24% de las disputas legales de padres divorciados en Cádiz
Abogados especialistas en familia creen que se abusa de la jurisdicción para resolver acuerdos que deberían gestionarse de forma privada
El perfil de los divorcios en Cádiz: más de 10 años de relación y más de 45 años de edad
Abogados y jueces señalan que los padres divorciados acuden demasiadas veces a ellos, a través de la herramienta de Expediente de Jurisdicción Voluntaria, para resolver desacuerdos que pueden incluir si "el niño debe ir a inglés, francés, flauta o judo", y que deberían resolver ellos solos, señalaba esta mañana la vicepresidenta de la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA), Beatriz de Pablo. Cerca de 150 especialistas analizan desde hoy en la capital gaditana esta y otras cuestiones, en el Congreso de Derecho de Familia, organizado por la Asociación Española de Abogados de Familia.
Así, un estudio de AEAFA subraya que las disputas relacionadas con la educación de los hijos, principalmente la elección de centro escolar (24%) protagonizan los desacuerdos entre los padres divorciados de la provincia de Cádiz que son resueltos por un juez o un letrado de Justicia. Un campo, el de la educación de los menores, en el que también resultan frecuentes los desacuerdos por la compra de un ordenador, la elección de un modelo educativo, la realización de estudios en el extranjero o la elección del alojamiento al llegar a estudios superiores.
Las discrepancias por la autorización de gastos extraordinarios, como las actividades extraescolares, clases particulares o actividades deportivas o culturales (19 %), seguido del cambio de residencia de los hijos (19 %), los tratamientos psicológicos o elección del especialista (18%), los asuntos relacionados con la salud (10 %) y las cuestiones de carácter religioso como la celebración de la comunión (9 %), son otros de los asuntos en disputa que acaba dirimiéndose en un EJV ante la incapacidad de los padres de ponerse de acuerdo.
Desde la entidad recuerdan que, "salvo en casos excepcionales", en un divorcio, los dos progenitores tienen la patria potestad y, con independencia de quién tenga la guarda y custodia, ambos han de participar en la toma de decisiones que afecten al desarrollo, formación, educación y atención sanitaria de los hijos: "Pero, en muchas ocasiones, se abusa de la jurisdicción voluntaria, en tanto que estas decisiones relativas a los hijos las deberían tomar los padres y no plantearlas ante un juez o el letrado de la Administración de Justicia", afirma Beatriz de Pablo, que incide que "no parece lógico que un juez, con la carga de trabajo que tiene y la cantidad de procesos judiciales que se instan en este país, tenga que decidir sobre estas cuestiones".
"Suele ocurrir -continúa- que uno de los padres se opone sin motivo, solo por llevar la contraria. Al analizar la disputa con detenimiento, no se observan razones de peso para oponerse a una ortodoncia, una actividad deportiva o clases de idiomas, por citar ejemplos cotidianos".
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