El fiscal pide 8 años de cárcel para el cura Casado por apropiarse de 500.000 euros de una parroquia de Vejer
El sacerdote del Divino Salvador realizó numerosos movimientos bancarios a su favor desde las cuentas de la iglesia entre 2014 y 2018, según la acusación pública
La procesada Miguela Domingo se enfrenta a seis años de prisión como cooperadora necesaria
Cádiz/La Fiscalía de Cádiz pide ocho años de prisión para el sacerdote de Vejer Antonio Casado por apropiarse de 513.000 euros de la parroquia del Divino Salvador entre los años 2014 y 2018 a través de diferentes movimientos bancarios efecutados a su favor, para cuya ejecución se valió de su cargo “como administrador de los bienes y del patrimonio” de la iglesia.
La acusación pública considera que el cura es responsable de un delito de administración desleal por el que solicita la pena de ocho años de cárcel y el pago de 21.600 euros de multa. De manera alternativa, solicita una condena por apropiación indebida.
En declaraciones a Diario de Cádiz, el religioso defendió siempre que ese dinero fue destinado a atender la extorsión que venía sufriendo desde que tramitó la adopción y traslado a España de un menor de Guinea Ecuatorial, donde Casado permaneció una época como misionero antes de ser nombrado párroco de Vejer.
La investigación desarrollada por la Guardia Civil esclareció que determinados ingresos que el sacerdote hacía en su cuenta particular iban de forma automática a otra cuenta, a nombre de Miguela Domingo, una doctora en Ciencias de la Educación y Filosofía y también en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid, que fue responsable de la Universidad Nacional de Guinea Ecuatorial.
Precisamente la Fiscalía de Cádiz considera que Miguela Domingo es cooperadora necesaria en esta causa y pide para ella la pena de seis años de cárcel y multa de 18.000 euros.
Asimismo, el Ministerio Fiscal plantea que ambos procesados indemnicen a la parroquia del Divino Salvador de Vejer en la suma total defraudada, esto es, 513.115 euros en concepto de responsabilidad civil.
Recientemente se hizo público el fallo del Tribunal de la Rota que, como ya hiciera en 2020 el Tribunal Metropolitano de Sevilla en primera instancia, declaró culpable a Casado de administración desleal y sustracción del patrimonio de la parroquia.
El tribunal eclesiástico dictaminó que Antonio Casado debía restituir la cantidad sustraída a la parroquia perjudicada. Además, le impuso la prohibición de tres años para ejercer el ministerio ordenado, así como una prohibición indefinida para ocupar cualquier cargo administrativo que implique el manejo de bienes eclesiásticos.
"Planificación y connivencia"
El escrito de calificación fiscal expone que Antonio Casado, párroco de la parroquia del Divino Pastor de Vejer por decreto episcopal desde el 27 de julio de 2012 hasta el 26 de mayo del año 2018, se aprovechó de su cargo para transferir dinero “desde las cuentas bancarias de la iglesia a las suyas propias sin ningún tipo de justificación y para destinarlo a sus propios fines, no para los establecidos en el Derecho Canónico”.
Según las conclusiones provisionales de la Fiscalía, el cura Casado también transfirió importantes sumas de dinero a las cuentas de la otra acusada, “obteniendo así ambos un enriquecimiento ilícito en perjuicio del patrimonio de la parroquia Divino Salvador y, en consecuencia, de la Iglesia”; todo ello, “bajo una planificación y connivencia entre ellos”, afirma la acusación pública.
El fiscal precisa que entre el 1 de enero de 2014 y el 14 de mayo de 2018 el sacerdote recibió un total de 337.780,01 euros correspondientes a 144 transferencias ordenadas desde las cuentas del Divino Salvador.
Entre el 11 de diciembre de 2017 y el 17 de mayo de 2018, prosigue el escrito de calificación, el cura recibió 25.740,9 euros más a través de 21 transferencias realizadas igualmente a su favor desde las cuentas bancarias parroquiales.
Una vez abonadas esas transferencias en la cuenta de Casado, éste dispuso los fondos a favor de la encausada Miguela Domingo, tal y como sostiene la acusación pública, que detalla que el sacerdote realizó 235 transferencias a favor de la acusada por un valor total de 389.975 euros y 64 ingresos en efectivo por una cuantía de 123.140 euros, lo que sumó 513.115 euros en su conjunto, la cantidad exacta que reclama la Fiscalía como indemnización.
Las conclusiones provisionales del Ministerio Fiscal señalan que Antonio Casado era “el único acreditado ante las entidades bancarias para abrir, cerrar, consultar y disponer de las cuentas corrientes, depósitos y productos financieros de la parroquia. Renunció a ello el 26 de mayo de 2018”.
El procesado, como representante legal de la parroquia del Divino Salvador de Vejer, “tenía plena facultad y libertad para abrir y cerrar el número de cuentas corrientes que considerara oportuno para el cumplimiento de los fines propios de la parroquia y en las entidades bancarias que estimase más convenientes”.
Esta facultad, prosigue la acusación pública su explicación, le venía dada por el nombramiento del Obispo, “que lo acreditó como representante de la parroquia a los efectos civiles y canónicos ante la entidad bancaria y con los derechos y deberes propios de su oficio de párroco para el que fue nombrado, todo ello en virtud del canon 532 del Código de Derecho Canónico”.
Esa facultad sobre las cuentas corrientes “en ningún caso puede suponer libre arbitrio, como se ha llevado a cabo por el acusado, dado que la administración de los párrocos debe realizarse con eficacia y dirigida al cumplimiento de los fines que le son propios, con la diligencia de un buen padre de familia”.
En este sentido, recuerda el fiscal, “no es lícito destinar por propia iniciativa recursos de la parroquia en beneficio personal. En caso de necesidad personal o de su familia a cargo, debe solicitar ayuda al obispo justificándolo, siendo la Comisión para la Remuneración del Clero quien determine el modo de ayudarle a cargo del Fondo de Sustentación", concluye.
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