El jurado ve culpable al parricida de Arcos pero aprecia su trastorno mental

Juicio con jurado en Jerez

El tribunal popular considera que el padre del bebé es responsable de su muerte, si bien estima que en el momento de los hechos no era plenamente consciente de sus actos

El acusado, junto a su abogada, durante la primera sesión del juicio.
El acusado, junto a su abogada, durante la primera sesión del juicio. / Vanesa Lobo

Cádiz/Tras un día y medio de deliberación, el jurado encargado de juzgar al vecino de Arcos acusado de asesinar a su bebé de ocho meses asfixiándolo ha determinado que es culpable de la muerte de su hijo con ocho votos a favor y uno en contra. No obstante, el tribunal popular ha contemplado la eximente incompleta de trastorno mental, es decir, que en el momento de cometer los hechos, el padre no era plenamente consciente de sus actos.

El jurado ha dado así el visto bueno a la postura de la Fiscalía, que durante todo el procedimiento ha sostenido que el procesado sufrió un trastorno psicótico el día del crimen. De ahí que la fiscal solicitase el internamiento psiquiátrico permanente y revisable del encausado y no su ingreso en prisión.

El tribunal popular también ha determinado que el parricida maltrató a su pareja el día de los hechos, el 1 de junio de 2017, cuando ella intentaba socorrer a su bebé. Para el jurado, este episodio de violencia fue un caso aislado y ha descartado el maltrato habitual y continuado que defendía la acusación particular.

Antes de que se conozca la sentencia, la defensa ya ha anunciado su intención de recurrir

El juicio al parricida de Arcos se ha desarrollado en la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Cádiz con sede en Jerez. Durante cinco sesiones, los nueve miembros de jurado, más los dos suplentes, han escuchado las declaraciones de los dos principales implicados en este caso –el acusado y su pareja, madre del pequeño–, los policías que acudieron a su domicilio aquel 1 de junio y los peritos.

El primer día de juicio, el procesado manifestó que no recordaba “absolutamente nada” de lo ocurrido ese día, solo que “disparataba mucho” y que tuvo “una crisis”.

El encausado sí explicó al jurado que a raíz del fallecimiento de su primera mujer, en el año 2002, se sometió a un tratamiento psiquiátrico después de que le diagnosticaran un trastorno bipolar. También puntualizó que ocho meses antes del fallecimiento de su hijo, el médico le había retirado la medicación prescrita.

Por su parte, la madre del pequeño, sorda y con una discapacidad del 68%, indicó que la mañana de los hechos se levantó para ir al baño cuando vio a su pareja apretando al niño contra su pecho. Dijo que acudió de inmediato a salvar al bebé. “Lo intenté, pero entonces el padre me dio una paliza que me dejó inconsciente. Cuando me desperté, el niño aún estaba con vida. Él me tenía atrapada en el suelo con sus piernas mientras seguía asfixiando a nuestro hijo”, aseveró.

La madre de la criatura también afirmó que durante los tres años que duró la relación sentimental, su novio le pegó en repetidas ocasiones, un extremo éste que el jurado no ha considerado probado.

El acusado, un enfermo mental

En esta causa, han cobrado especial relevancia los testimonios de los psiquiatras que valoraron al padre del bebé después de que éste manifestara el día de su detención que recibía mensajes en su teléfono móvil que le decían “que tenía que asfixiar al bebé”, “que pronto llegaría el Apocalipsis” y “que había una red extranjera compuesta por falsos apóstatas que sabían que el Armaggedon estaba cerca”.

Los expertos determinaron que este vecino de Arcos sufría una enfermedad mental “muy grave” y que, en el momento de cometer los hechos, su voluntad estaba totalmente anulada y sus capacidades intelectivas se encontraban gravemente afectadas.

El jurado ha tenido en cuenta la valoración de los forenses, pues ha contemplado la eximente incompleta, que no total, de trastorno mental en el procesado.

Una vez conocido el veredicto, queda que la magistrada presidenta del tribunal popular, Carmen González Castrillón, dicte sentencia. Antes incluso de que se conozca la resolución judicial, la defensa del acusado ya ha anunciado su intención de recurrir.

Valoración de los hechos y peticiones

  • Fiscalía: Solicita internamiento psquiátrico permanente y revisable para el padre del bebé fallecido. Considera que el progenitor sufre un trastorno mental que merma parcialmente sus capacidades.
  • Acusación particular: Pide prisión permanente y revisable para el procesado. Estima que asfixió a su bebé de forma consciente.
  • Defensa: Plantea la absolución del encausado porque no ve que en el juicio con jurado se haya demostrado que el padre fuese el autor material del crimen. Subsidiariamente, solicita su internamiento en un centro psiquiátrico.
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