Los menores huérfanos de violencia de género en Cádiz recibirán una ayuda de 5.000 euros
25-N
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Los niños víctimas de violencia de género han sido muchas veces las otras grandes víctimas olvidadas. Y no solo porque frecuentemente se conviertan en arma arrojadiza por parte de su progenitor, que además puede disfrutar de tutela pese al daño ocasionado, sino porque el intento por parte de las administraciones de paliar todo el mal que sufren no está a la altura de las circunstancias.
En el caso más extremo, cuando la violencia llega al máximo con la muerte de su madre, se convierten en huérfanos, siendo especialmente difícil la reparación de la situación de vulnerabilidad múltiple a la que son expuestos estos menores. En lo que va de año, ya son 51 los menores que se han quedado huérfanos a nivel nacional, 13 andaluces y 1 en la provincia de Cádiz.
Para ayudar aliviarlo la Junta de Andalucía ha decidido este año aportar una prestación de 5.000 euros en un pago único anual por cada menor y se actualizará anualmente conforme al Índice de Precios al Consumo. Con buen criterio por parte de la administración autonómica, la ayuda económica no podrá ser administrada por el autor del crimen machista.
El Gobierno andaluz reconoce que la violencia de género sigue constituyendo la vulneración más extendida de los derechos humanos en el mundo. Y ante su consecuencia más grave, el asesinato de mujeres, se estima necesario "dar una respuesta urgente, rápida y eficaz por parte de las administraciones publicas ante la situación extrema de desamparo en la que se encuentran por la pérdida de su madre como consecuencia de la violencia de género. Y dicha respuesta debe ser, no solo desde el punto de vista psicológico, sino también desde el económico, solventando la falta de recursos de estos menores", según expuso en rueda de prensa la consejera de Igualdad, Loles López.
Precisamente, para esta prestación económica el Instituto Andaluz de la Mujer destinará una partida de 350.000 euros para 2024, ampliable en función del número de solicitudes recibidas durante el año.
Quiénes pueden recibir esta ayuda
En Andalucía no se ha regulado normativamente hasta la fecha el derecho a una prestación económica a los hijos e hijas menores de edad de las mujeres víctimas de violencia de género. Por ello, el Consejo de Gobierno estima de "imperiosa necesidad" reforzar la protección económica de este colectivo mediante el establecimiento y regulación de esta prestación que permite dar un enfoque global a la atención de los mismos.
De este modo, el decreto-ley (Ley 13/2007, de 26 de noviembre) modifica en el primer capítulo las medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género, añadiendo en un artículo 46.bis el derecho a la prestación económica por parte de las y los menores huérfanos de mujeres víctimas mortales de la violencia de género hasta que alcancen la mayoría de edad, siempre que éstos o la mujer víctima de violencia de género residan en Andalucía en el momento del crimen.
Este derecho se extiende a las personas menores de edad cuya tutela ejerza la Junta de Andalucía o cualquier otra administración pública y a aquellos menores que en el momento de los hechos se encuentren bajo la tutela judicial. Esta ayuda económica será compatible y complementaria con cualquier otra prestación pública o privada que se perciba por el mismo motivo.
Asimismo, el segundo capítulo regula la prestación económica de 5.000 euros con el fin de garantizar la cobertura de las necesidades básicas materiales de las personas beneficiarias hasta su mayoría de edad.
Mientras tanto, el tercer capítulo aborda el procedimiento de concesión de esta ayuda. Así, se establece que la solicitud deberá realizarse por parte de la persona representante legal del menor de edad y puede presentarse de manera presencial o electrónica desde el día siguiente al de la publicación del decreto-ley en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) hasta que las personas huérfanas alcancen la mayoría de edad. Además, el documento aprobado fija que el primer pago se realizará cuando se dicte la resolución de concesión y las sucesivas anualidades se harán efectivas el segundo semestre del año.
Como novedad, la disposición transitoria única recoge que el derecho a esta prestación se genera aun cuando el hecho causante hubiera tenido lugar con anterioridad a la entrada en vigor del decreto-ley. Es decir, podrán percibir esta ayuda cualquier huérfano y huérfana de violencia de género que todavía no haya alcanzado la mayoría de edad independientemente de que el asesinato se haya producido antes de la entrada en vigor del decreto-ley.
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