“Los juicios telemáticos afectan gravemente a la calidad de la Justicia”
Pascual Valiente | Decano del Colegio de Abogados de Cádiz
El representante de los letrados gaditanos apuesta por la vuelta a la normalidad en la celebración de las vistas orales: “Los medios tecnológicos tienen que ser complementarios, no sustitutivos”
Cádiz/–¿En qué situación se encuentran los juzgados de la provincia una vez que la pandemia del coronavirus parece estar remitiendo? ¿Las sedes judiciales siguen parapetadas y sin fácil acceso?
–La Justicia, como cualquier Administración Pública, tiene que estar abierta al servicio de los ciudadanos y, especialmente, de los profesionales que defienden sus intereses, como somos los abogados. Sin embargo, pese a que existe un mayor control sobre los riesgos de contagio y hemos tenido tiempo suficiente para adaptarnos, en la actualidad los tribunales siguen prácticamente igual que hace un año, sin permitir el acceso al público, exigiendo cita previa y dificultando el trabajo de los profesionales mediante unas barreras que impiden el normal desarrollo de nuestra actividad en las sedes judiciales.
–¿Qué resultados están dando los juicios telemáticos que se están celebrando?
–Desde el punto de vista técnico, el sistema es muy mejorable, porque hay fallos de conexión, cortes, interrupciones... Naturalmente, mientras más sencillo es el acto procesal y menos personas intervienen, mejor es su desarrollo. Pero para nosotros, los abogados, el problema no es sólo de eficacia técnica, sino de garantía de los derechos de los ciudadanos. Es necesario que se desarrolle de una vez el expediente judicial electrónico para su acceso y consulta por los abogados.
–Usted defiende la presencialidad en las vistas orales. Argumente su postura, ¿por qué hay que volver a la normalidad?
–Para que la Justicia sea eficaz y ofrezca una respuesta lo más certera posible, exige que jueces, fiscales y abogados indaguen en las relaciones personales y patrimoniales de los ciudadanos mediante una intervención directa, personal y presencial en todas las actuaciones judiciales, en las declaraciones, comparecencias, guardias y, sobre todo, en los juicios, lo que, obviamente, no se puede conseguir a través de un monitor. La celebración telemática afecta gravemente a la calidad del sistema judicial, a la Justicia que piden los ciudadanos como titulares del derecho a la tutela judicial efectiva, a la Justicia que reclaman los abogados ejerciendo el derecho de defensa de los ciudadanos y a la Justicia que prestan los tribunales, que queda mermada por la quiebra del principio de inmediación. A ello hay que añadir el derecho que tienen los justiciables a comparecer personalmente en presencia del órgano judicial, que en modo alguno puede cercenarse cuando están en juego intereses tan importantes.
La presencialidad tiene que ser la norma y la celebración telemática, la excepción, siempre con la aprobación del abogado, no por imposición del órgano judicial. Los medios tecnológicos tienen que ser instrumentos complementarios, pero no sustitutivos. Una cosa es celebrar una declaración puntual por videoconferencia para evitar el desplazamiento de un testigo desde un lugar lejano y otra, la celebración telemática de un juicio.
–En un reciente debate con el ministro de Justicia, le afeaba usted que la mediación en la resolución de conflictos tenga carácter preceptivo y no alternativo. ¿Por qué?
–Por dos razones: la primera, porque la mediación solo tiene sentido si las partes deciden voluntariamente someterse a este proceso, no cuando resulta impuesta; y la segunda, porque cuando el justiciable decide acudir a los tribunales asistido de su abogado, ya ha agotado todos los medios a su alcance para intentar evitar el litigio, por lo tanto, la mediación no puede establecerse como un requisito que obstaculice el libre acceso a la jurisdicción, ya que se coarta el derecho a la tutela judicial de los ciudadanos.
–¿Por qué considera que la conciliación como medio imperativo va a demorar más los procedimientos?
–La experiencia así lo viene demostrando en el orden Social, en el que hay una conciliación obligatoria que prácticamente no arroja ningún resultado; y porque al imponerse la conciliación como algo obligatorio, se corre el riesgo de que el justiciable se limite a cumplir el trámite, por lo que difícilmente se van a evitar los procedimientos, sino que simplemente se van a retrasar las demandas, con el riesgo que ello puede producir respecto de la tutela judicial que se reclama.
La conciliación y la mediación son medios alternativos de solución de conflictos enormemente positivos y tienen que ser consecuencia de una cultura pactista y preventiva que hay que incentivar y en la que los abogados estamos llamados a jugar un papel fundamental.
–¿La crisis sanitaria ha traído la avalancha de asuntos que se esperaba, sobre todo, en las jurisdicciones Social y Mercantil?
–Sí, pero lo peor está por venir, y tendrá lugar cuando finalicen los ERTEs, la suspensión de la obligatoriedad de solicitud de concursos de acreedores y la devolución de los préstamos ICO, entre otros asuntos.
–¿El plan de reactivación de los juzgados de la Junta de Andalucía que contempla que los funcionarios trabajen en turno de tarde funciona?
–De momento es pronto para evaluarlo. Valoramos positivamente cualquier inversión, proyecto o mejora destinados a desatascar los órganos judiciales. El problema es que puede producirse el efecto de desplazar el embudo hacia el juez, por lo que entendemos que la eficacia de esta medida exigiría como complemento el nombramiento de jueces de refuerzo que pudieran celebrar más juicios y poner más sentencias para así evitar que Juzgados de lo Social, por ejemplo, señalen juicios a tres años vista. Esta situación exige remedios inmediatos.
–¿Qué valoración hace de la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal?
–En principio, es muy positivo por lo que representa el intento de buscar soluciones a un sistema procesal penal que exige reformas estructurales que garanticen la salvaguarda del principio acusatorio y la separación nítida entre juez y fiscal. Para la abogacía es fundamental que la reforma de la instrucción por el Ministerio Fiscal tenga los mecanismos de control necesarios que representa el Juez de Garantías y, sobre todo, que se refuercen las posibilidades que el derecho de defensa, representado por el abogado, debe tener en el proceso penal.
–¿Sabría decirnos qué porcentaje de abogados de Cádiz han recibido ya la vacuna frente al coronavirus?
–Me resulta difícil de estimar, porque nuestro colectivo está recibiendo la vacuna por criterio de edad, pese a que desde la abogacía se reclamó la vacunación preferente de los abogados adscritos a los servicios de guardia del turno de oficio que, en plena pandemia, siguieron acudiendo a los centros de detención, a los centros penitenciarios... desempeñando así un trabajo ejemplar como servicio esencial.
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