Prisión para dos funcionarios de Puerto II por torturar al parricida de Arcos

Tribunales Cádiz

La Audiencia de Cádiz los condena a tres años y a un año de cárcel, respectivamente, y los inhabilita para el ejercicio de su profesión durante diez y ocho años.

El tribunal considera que "se aprovecharon de su condición de funcionarios para agredir a quien no tenía escapatoria ninguna y se encontraba bajo protección penitenciaria".

Los funcionarios de Puerto II sentados en el banquillo de los acusados. / Joaquín Hernández 'Kiki'

La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a tres años y a un año de prisión, respectivamente, a los dos funcionarios de Puerto II que el pasado mes de enero se sentaron en el banquillo de los acusados por torturar al parricida de Arcos mientras se encontraba interno en este centro penitenciario de forma preventiva.

El tribunal de la Sección Cuarta, encargado de juzgar este caso, ha inhabilitado además a los dos funcionarios para el ejercicio de su profesión durante diez y ocho años y ha impuesto a cada uno de ellos una multa de 360 y 180 euros por el delito de lesiones leves.

La magistrada ponente de la sentencia, María Isabel Domínguez Álvarez, no alberga dudas de que los dos acusados se aprovecharon de su condición de funcionarios "para agredir a quien no tenía escapatorianinguna y se encontraba bajo la protección penitenciaria". "Le agredieron para tomarse una particular y personal justicia por los hechos que se le imputaban entonces a Isidro S.": el asesinato de su bebé de ocho meses. La juez incluso califica de "recalcitrante" la conducta de uno de los empleados de Puerto II, que propinó hasta dos palizas al interno de Arcos.

Así, el tribunal ha dado por probado que sobre las 21:30 horas de la noche del 8 de junio de 2017, cuando Isidro S. ya se encontraba en el establecimiento penitenciario de Puerto II, uno de los funcionarios asignado al turno de noche en el departamento de Enfermería se acercó hasta la celda número 11 -en la que se encontraba el parricida- y le advirtió: "Esta noche vas a dormir calentito".

Sobre el testimonio de otros presos

"Son altamente creíbles por cuanto están dados desde el propio temor de recibir represalias por los funcionarios"

Tal y como había anunciado, el procesado se dirigió horas después hasta la celda número 11 acompañado por otro funcionario de prisiones que tenía el mismo turno de noche. Al llegar a dicha estancia, sobre las 23:45 horas, se encontraron durmiendo tanto a Isidro como al interno de apoyo que se le había asignado en el centro en aplicación a un protocolo anti-suicidios. Los empleados penitenciarios, prosigue la resolución, ordenaron al preso del apoyo que saliese al pasillo. "Éste obedeció al instante".

En ese momento, uno de los acusados se quedó en la puerta vigilando mientras que el otro accedió al interior de la celda de Isidro. "Con el objetivo de aplicarle un severo castigo por los hechos que presuntamente había cometido [el parricida aún no había sido juzgado ni condenado] comenzó a propinarle patadas y puñetazos por todo el cuerpo mientras le gritaba "hijo de puta, has matado a un niño de ocho meses, has pegado a una mujer inválida y le has matado al bebé de tres meses que llevaba en el vientre".

El interno suplicaba que "no le pegaran más", ruegos que "no fueron atendidos por sus agresores", en tanto que el otro funcionario de prisiones "ya intervino de forma activa" en la paliza ante la resistencia de Isidro. Los encausados, precisa la sentencia, permanecieron en la celda durante unos dos minutos "hasta que lo dejaron semi-inconsciente tumbado en el suelo y ensangrentado". Entonces le dijeron al interno de apoyo que entrase y que se hiciese cargo de él. Este preso limpió la sangre del rostro de Isidro y lo colocó tumbado sobre la cama.

"Lo agredieron para tomarse una particular y personal justicia"

Horas después, hacia las 2:45 horas, el mismo funcionario que cometió la primera agresión regresó a la celda número 11 para "infligir otro castigo físico a Isidro". El trabajador penitenciario "lo tumbó en el suelo" y empezó a "propinarle de nuevo puñetazos y patadas por todo el cuerpo". Por unos instantes, el parricida logró repeler las embestidas del procesado "al lanzarle una patada" con la le que rompió el reloj de pulsera que llevaba. Esto enfureció aún más al funcionario, que "ordenó al preso de apoyo que le pisara el cuello a Isidro" para facilitar la continuidad de su ataque.

Ya en la mañana del 9 de junio de 2017, el educador y la psicóloga del Puerto II encontraron a Isidro "descalzo, deambulando con la mirada perdida y cubierto de hematomas y de heridas en el rostro", por lo que lo llevaron a la Enfermería. Una vez examinado y fotografiado por la subinspectora médica de la prisión, el parricida fue trasladado al Hospital de Puerto Real.

Esta sentencia, que no es firme y puede ser recurrida en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, condena a uno de los funcionarios a indemnizar al parricida en la cantidad de 720 euros.

El tribunal cree a los presos

A la hora de dictar esta sentencia condenatoria, el tribunal de la Sección Cuarta ha otorgado credibilidad a los testimonios de varios presos de Puerto II que a la fecha de los hechos se encontraban internos en la cárcel portuense.

Las versiones sostenidas por estos testigos en el juicio "coinciden en extremos y hechos nucleares", expone la resolución judicial, que continúa así: "Son testimonios respecto de los cuales este tribunal no encuentra motivo para dudar, sino al contrario, los considera altamente creíbles por cuanto están dados desde el propio temor de recibir represalias por los funcionarios".

Tal y como subraya la sentencia, "el testigo de cargo que más detalles ofreció por su condición de testigo presencial fue el interno de apoyo de Isidro". Y es que en su declaración en la vista oral, dicho interno identificó sin ningún género de dudas a los dos funcionarios como autores de la paliza.

Además, incide el tribunal en su argumentación, la testifical de este preso de apoyo se ha visto ratificada tanto por las declaraciones de otros internos como por la de la propia víctima.

Por contra, la Sección Cuarta no admite como verosímil la versión exculpatoria esgrimida por los funcionarios de prisiones en el juicio. Estos manifestaron en sala que accedieron a la celda de Isidro para cachearlo porque pensaban que podía estar acumulando sustancias estupefacientes o medicamentos. Asimismo, explicaron que el entonces jefe de servicios estaba al tanto de ese registro, el cual dio un resultado negativo, por lo que se marcharon de la celda sin más.

"Esta versión no solo no está corroborada por funcionario alguno, ni tan siquiera por el jefe de servicio, sino que viene a ser totalmente desvirtuada por la declaración de varios testigos presenciales de lo realmente acaecido".

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