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Ratificada la condena un hombre por abuso sexual a su hija de siete años en Jerez

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía confirma la pena de 5 años impuesta por la Audiencia de Cádiz

El padre ha sido inhabilitado para el ejercicio de la patria potestad

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Acceso a la Audiencia Provincial con sede en Jerez / Pascual
J.A.

23 de enero 2025 - 13:41

Cádiz/El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la sentencia, dictada por la Audiencia Provincial de Cádiz, que condena a un hombre a cinco años de prisión por un delito continuado de abusos sexuales a su hija de siete años en Jerez, además de inhabilitarlo para el ejercicio de la patria potestad de la niña.

Según la sentencia, difundida por el gabinete de prensa del TJSA, los hechos sucedieron entre mediados del año 2019 y marzo de 2020, cuando el acusado aprovechaba para dormir a solas con la víctima durante el régimen de visitas de fines de semanas con sus hijos menores, que pernoctaban en el que había sido el domicilio familiar.

Una vez condenado a cinco años de prisión, el hombre presentó un recurso de apelación "por error en la valoración de la prueba" y vulneración del derecho a la presunción de inocencia. El padre de la víctima sostuvo pues que el relato de la menor "no es verosímil ni creíble".

Ahora el TSJA recuerda que la Audiencia Provincial subrayó en su sentencia que el relato ofrecido por la niña fue "verosímil, convincente y veraz". Así, el Alto Tribunal andaluz indica que "no halla base para desautorizar esa conclusión" y añade que "no se aprecia ni se alega la presencia de motivos de malquerencia, voluntad de perjudicar ilícitamente al recurrente (acusado) u otra intención similar que haya podido llevar a la niña a idear falsamente" los abusos relatados.

Además, asevera que "el relato de la menor es verosímil y ha sido mantenido de forma estable, coherente y sin contradicciones relevantes desde que reveló a su madre lo ocurrido". Asimismo, recuerda que el relato expuesto no se presenta como prueba única, "sino que aparece reforzado por otras vías probatorias externas que lo apoyan y confirman". Con todo ello, el TSJA ha desestimado el recurso del acusado y confirmado la pena de cinco años de cárcel.

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