El Tribunal Supremo respalda a una puertorrealeña que desarrolló cáncer tras implantarse prótesis mamarias

El fabricante de los implantes, Allergan, alegó que en el momento de su puesta en circulación "el conocimiento de la ciencia no permitía apreciar defectos" y añadió que el folleto informativo advertía de los riesgos

El TS recuerda, sin embargo, que ya quedó acreditado que las prótesis no eran seguras ni ofrecían garantías para la salud

Indemnización a una mujer de Puerto Real que desarrolló cáncer tras implantarse prótesis mamarias

Una operación de pecho en una imagen de archivo
Una operación de pecho en una imagen de archivo / Alberto Domínguez

Cádiz/El Tribunal Supremo (TS) ha inadmitido el recurso de casación interpuesto por Allergan, un fabricante de prótesis de mamas condenado después de que una mujer de Puerto Real llevase a la compañía ante los tribunales al desarrollar un cáncer tras llevar un implante defectuoso. El Bufete Ortiz Abogados, que ha defendido a la puertorrealeña perjudicada, explica que tras la decisión del Alto Tribunal, "la primera sentencia ganada en España a Allergan deviene firme, adquiere fuerza de cosa juzgada y sienta jurisprudencia", lo que favorecerá a otras mujeres que se hayan visto igualmente damnificadas por la colocación de prótesis mamarias de la empresa demandada.

En noviembre de 2022, la Audiencia Provincial de Cádiz ya confirmó la condena dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Cádiz en noviembre de 2021 contra Allergan y ordenó el pago de una indemnización de 38.120 euros más intereses a favor de la vecina de Puerto Real a la que se diagnosticó un cáncer tras implantarse sus prótesis.

El abogado de la demandante, José Luis Ortiz, explicó entonces que en 2018 Allergan retiró voluntariamente del mercado sus prótesis de textura rugosa ante la posible asociación de su uso con la aparición de un tipo de cáncer linfático muy poco frecuente, conocido como linfoma anaplásico de células grandes (LACG).

Así, tras dos condenas de órganos judiciales gaditanos, Allergan trasladó el asunto a la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, que dictó una providencia el pasado 27 de noviembre en la que inadmitió el recurso de casación presentado por el fabricante "por carencia manifiesta de fundamento".

Según el TS, Allergan "parte de la idea de que la prótesis no era defectuosa porque el propio folleto informativo advertía del riesgo". Además, continúa el Supremo, la entidad alegó que en el momento de su puesta en circulación "el conocimiento de la ciencia no permitía apreciar defectos".

"Sin embargo, recuerda el Alto Tribunal, la sentencia recurrida declara que el producto era defectuoso porque había quedado acreditado que no era seguro y que no ofrecía garantías para la salud de la persona a la que se implantaba". Por ello, desestima las alegaciones de la recurrente y declara firma la resolución judicial condenatoria.

Cuatro años después del implante mamario defectuoso, le diagnosticaron cáncer

En 2008, cuando C. tenía 20 años, se sometió en Cádiz a una operación para mejorar su estética mamaria con la implantación de unas prótesis texturadas brasileñas de la marca Silimed. En 2016 se le extrajo la prótesis mamaria derecha y se le sustituyó por otra de la marca Allergan.

Cuatro años después se detectó en esa mama un linfoma de células grandes anaplásico (LACG). A raíz del diagnóstico, le fue extirpado el implante y recibió tratamiento de radioterapia.

C. acudió a los tribunales y logró que la jueza de primera instancia dictaminase que las prótesis fabricadas por Allergan se considerasen "producto defectuoso".

La magistrada entendió que "las prótesis mamarias de Allergan implantadas a la demandante no respondieron a la seguridad que pudiera esperarse de las mismas como producto puesto en circulación dentro del ámbito de la cirugía estética", ya que cuatro años después de ponérselas se procedió a su extracción "ante la detección de líquido periprotésico en la mama derecha" con diagnóstico cancerígeno.

Asimismo, la sentencia de primera instancia confirmada por la Audiencia de Cádiz explica que el Sistema de Vigilancia de Productos Sanitarios (AEMPS) del Ministerio de Sanidad contabilizó 68 casos confirmados de este tumor asociado a implantes mamariosla mayoría de ellos realizados con fines estéticos.

Además, la jueza apuntó que en los documentos de Consentimiento Informado que se le facilitaron a la paciente y ésta firmó "no se ofreció información alguna sobre los riesgos inherentes a estos trasplantes".

A modo de conclusión, la magistrada afirmó que es "vital" que las mujeres que se sometan a cirugías con implantes mamarios "sean convenientemente informadas y asesoradas antes de tomar una decisión" de los riesgos propios a la intervención, incluidos los incidentes comunes, como la rotura y contractura, o los remotos, como este cáncer.

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