El TSJA rebaja a diez años la pena de un hombre por secuestrar y agredir a otra persona en Sanlúcar

Ha quedado acreditado que el condenado torturó a la víctima para obtener información sobre una tercera persona que supuestamente le había robado una suma alta de dinero

Su ex pareja fue lesionada tras recibir un disparo en el brazo, un delito del que ha salido absuelto porque, según el Alto Tribunal andaluz, no fue coautor del mismo

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La Audiencia Provincial de Cádiz / Julio González
Redacción Cádiz

29 de agosto 2024 - 13:34

Cádiz/El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado a diez años y medio la pena impuesta por la Audiencia Provincial de Cádiz a un hombre al que se le condenó por secuestrar a otro y provocarle lesiones para obtener información sobre una tercera persona que supuestamente le había robado una suma alta de dinero, además de provocar lesiones a su ex pareja, que recibió un disparo en el brazo, un delito que ha sido retirado al entender que no fue coautor del mismo.

En la sentencia, consultada difundida por el gabinete de prensa, la Audiencia Provincial suma a esto delitos contra la integridad moral, tenencia ilícita de armas, amenazas y un delito contra la salud pública con agravante de reincidencia, el cual también ha sido rebajado en un año al considerar que su condena anterior por hechos similares fue dos años antes y su antecedente era "cancelable".

Otras dos personas fueron condenadas entonces a seis años y seis meses, y a tres años y medio de cárcel, también por delitos de detención ilegal, contra la integridad moral y lesiones, además de tenencia ilícita de armas y un delito contra la salud pública, respectivamente, condenas estas últimas que el TSJA ha confirmado, mientras que una cuarta persona fue absuelta por la Audiencia.

Los hechos condenados ocurrieron en Sanlúcar de Barrameda en diciembre de 2017, cuando unos hombres se apoderaron de entre 30.000 a 40.000 euros del principal condenado. Ante la sospecha de que el responsable podría ser el hermano de una ex pareja suya, acudió al domicilió de la mujer para averiguar su paradero. Allí, se encontró con una tercera persona, actual pareja de la mujer, a la que le pidió ayuda para hallar al sospechoso. Juntos acudieron a un hotel de la localidad sin suerte.

En ese momento, el condenado junto a otra persona comenzó a propinarle golpes al hombre dentro del coche para tratar de sacarle información, unas acciones que continuaron más tarde en el domicilio del condenado, al que la víctima fue llevada contra su voluntad. Tras un día retenido en los que sufrió numerosas lesiones por las agresiones físicas y psicológicas que recibió, fue liberado por los secuestradores.

No obstante, el condenado no cejó en su empeño y tras eso, acudió de nuevo al domicilio de su ex pareja, a quien también amenazó y agredió para conocer el paradero de su hermano, llegando a sufrir una herida de bala en el brazo, según relata la sentencia.

Finalmente, en febrero de 2018 se produjo una intervención policial en la que se detuvo al principal condenado y a otras tres personas más por los hechos descritos anteriormente. Además, en su domicilio hallaron dinero, armas y placas de hachís que arrojaron un peso de 383 gramos.

La Audiencia Provincial condenó al principal sospechoso a 13 años y seis meses por diversos delitos, entre ellos, retención ilegal, lesiones y delito contra la integridad moral a la víctima, además de amenazas y lesiones a su ex pareja y delitos contra la salud pública y tenencia ilícita de armas. Las otras dos personas fueron condenadas a seis años y seis meses, y a tres años y medio de cárcel, respectivamente, mientras que una cuarta fue absuelta.

El principal condenado recurrió la sentencia, que ha sido estimada parcialmente, al retirar los dos años por lesiones a la mujer al entender que no fue coautor de sus lesiones provocadas por el arma de fuego sino dos encapuchados sin identificar.

Además, rebaja su condena por un delito contra la salud pública al retirarle el agravante de reincidencia, ya que su condena anterior por hechos similares fue dos años antes y su antecedente era "cancelable", pasando de dos años y medio a un año y medio de condena.

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