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“A veces lo único que necesita la víctima es que le pidan perdón”

El letrado acaba de publicar, a partir de su tesis, el libro ‘La mediación penal. Realidad social que demanda regulación legal específica'

"Ahorraríamos tiempo en un abanico bastante grande de procedimientos que están en los juzgados”

Acuerdo pionero en Cádiz para la mediación laboral

José Agustín Huelva en la hemeroteca de 'Diario de Cádiz' durante su entrevista. / Lourdes de Vicente

Pregunta.–Acaba usted de publicar La mediación penal. Realidad social que demanda regulación legal específica. ¿Qué le lleva a escribir este libro?

Respuesta.–Se habla mucho de la mediación civil y mercantil, de la mediación intrafamiliar y la doméstica, pero nunca se habla de la mediación penal. Entonces empecé a darle vueltas al asunto y pensé:¿por qué no hago una tesis sobre la legislación que necesita la mediación penal? Así que la realicé y la defendí en junio del año pasado. A partir de dicha tesis, le di forma a este libro, lo pasé en noviembre a una editorial, Círculo Rojo, superé el filtro de los editores y aquí está, publicado hace una semana.

P.–¿En qué momento se encuentra la normativa legal en materia de mediación penal en España?

R.–Como le decía antes, existe un marco que regula la mediación civil y mercantil, pero no la penal. En el año 2002 el Consejo Ministros de la Unión Europea dio un pequeño impulso a la mediación penal entre los estados miembros, pero ahí se quedó.

P.–¿Cuáles son los grandes beneficios de la mediación penal?

R.–El acortamiento de los dilatados procedimientos penales, el ahorro de los costes procesales, la descongestión de los tribunales... Con dos, tres o cuatro reuniones entre las partes, víctima y victimario pueden llegar a un acuerdo. Y ese acuerdo ha de cumplirse. Hay un reconocimiento del hecho en sí, el victimario admite que ha cometido un delito y debe resarcir moralmente, éticamente, psíquicamente y económicamente a la víctima.

P.–El resarcimiento económico es obvio, se estipula una cantidad. ¿A qué se refiere usted con un resarcimiento moral?

R.–El perdón, a veces la víctima lo único que necesita es que le pidan perdón. De ahí que se conciba la mediación como un acercamiento entre las partes evitando los tribunales.

P.–¿Qué delitos son susceptibles de ser objeto de mediación?

R.–Los delitos muy graves, como los delitos de sangre o de terrorismo, difícilmente tienen cabida. Sí la tienen los delitos abstractos, por ejemplo, los medioambientales o contra la ordenación del territorio, pues en estos supuestos la víctima no es una persona física. En definitiva, todos los delitos privados, incluso algunos semipúblicos, pueden ser mediados. Asimismo, determinados episodios de violencia de género que no sean reiterados en el tiempo pueden resolverse mediante este mecanismo. Ahorraríamos tiempo en un abanico bastante grande de procedimientos que están en la actualidad en los juzgados.

P.–La corrupción es un tema que preocupa a los ciudadanos. ¿Cabe mediar en los delitos de guante blanco?

R.–Considero que no por la sencilla razón de que son delitos abstractos. En ellos el perjudicado es el Estado, el erario público, es decir, todos nosotros. ¿A quién pones a mediar si hay un desfalco en las arcas municipales?, ¿al alcalde, si quizás es él el responsable del estropicio?

P.–La descongestión de la Administración de Justicia sería palpable con la mediación penal.

R.–Exacto. Sabemos que los jueces tienen una amalgama de causas en sus mesas pendientes de sentenciar. De hecho, yo, como abogado, tengo asuntos atascados desde hace más de 10 años. Eso para mí no es justicia, ni para la víctima ni para el victimario. Porque el acusado puede salir absuelto; entonces, ¿quién le repara los años que ha estado a la espera de juicio?, ¿cómo se pone la pluma otra vez a la gallina? Insistó, la mediación penal permitiría reducir plazos y descongestionar una administración colapsada.

P.–Entiendo que los jueces celebrarían la mediación penal, pero ¿lo harían también operadores jurídicos como abogados, graduados...?

R.–Bueno, algunos profesionales podrían perder parte de sus honorarios, porque esos honorarios ya no serían libres, sino que habría unos aranceles estipulados por el Ministerio de Justicia.

P.–¿Pero la mediación requiere la intervención de algún abogado?

R.–Sí, los mediadores pueden ser abogados. También graduados sociales, psicólogos o sociólogos. Cualquiera que tenga un máster en mediación y, por supuesto, conocimientos jurídicos.

P.–¿La mediación es gratis para la partes implicadas?

R.–Sí, sería un método gratuito tanto para la víctima como para el victimario. No hay costes.

P.–¿Hay voluntad política de impulsar la mediación penal?

R.–No del todo, y ese es mi reproche. Había un borrador de ley hace seis años y hoy todavía está en un cajón en el Congreso, no sé la razón. Puede ser que la culpa sea, y con perdón, de los medios de información, que no son tajantes en este tema. En cualquier caso, creo que los políticos se tienen que dar cuenta de que la mediación penal es una realidad social que demanda una regulación legal específica. Ya es hora de que nuestros políticos hagan lo que reclama la convivencia social y de que se inculque la cultura de la mediación en los propios centros educativos desde que los niños son pequeños.

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