Condenado en Cádiz por captar a menores en redes con fines sexuales: "¿Has hecho ya la comunión?"
El procesado evitó el juicio al confesar la autoría de los hechos, ocurridos hace una década
La Audiencia Provincial le impuso cuatro años de prisión y tuvo en cuenta para ello el excesivo retraso que sufrió la causa
Cádiz/La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a cuatro años de prisión a un hombre que confesó haber captado a menores de edad y vírgenes con fines sexuales a través de redes sociales. El acusado, vecino de Sanlúcar, es responsable de 12 delitos contra la libertad sexual y tres delitos de coacciones que suman una elevada pena en su conjunto, si bien la condena efectiva se limitará a tres años y 12 meses en aplicación de la triple de la mayor. A la hora de dictar el fallo, el tribunal de la Sección Cuarta ha tenido en cuenta, además de la confesión, la atenuante muy caulificada de dilaciones indebidas, pues la causa estuvo paralizada excesivamente sin causa justificada.
La sentencia, firme, da por probado que desde el año 2008 y de forma más intensa desde mediados de 2012 y hasta diciembre de 2014, el hombre, nacido en 1980, se servía de las redes sociales, sobre todo Tuenti y a través de dos perfiles distintos, para contactar preferentemente con chicas menores de edad para satisfacer su ánimo libidinoso.
El autor confeso de los hechos actuaba conforme al mismo patrón de conducta: una vez agregado a una cuenta sin haber recibido invitación, iniciaba un cuestionario programado para ganarse la confianza de su víctima. Comenzaba por la edad y el lugar de residencia, aunque "mostraba especial interés en establecer contacto para mantener conversaciones de carácter sexual con jóvenes vírgenes y menores de edad".
La sentencia precisa que "la totalidad de las conversaciones" por el denunciado eran "deliberadamente de carácter sexual" y su objetivo principal pasaba por "concertar una cita con fines sexuales o recibir material de contenido sexual aún cuando la víctima confirmaba una edad notoriamente inferior a 13 años".
El procesado se registraba con un pseudónimo y lograba que le aceptaran su invitación de amistad. Una vez agregado a Tuenti, capturaba direcciones de contacto, datos y fotografías personales de las menores, "de forma que encadenaba conversaciones y multiplicaba así sus contactos", expone la resolución judicial. Asimismo, el ahora condenado facilitaba en ocasiones su número de teléfono a las víctimas para continuar charlando con ellas vía WhatsApp.
La resolución judicial detalla que el hombre se presentaba a las menores con una edad que oscilaba entre los 26 y los 33 años, aunque en alguna ocasión manifestó que tenía 16.
Cuando creía haber tenido éxito con el contacto, prosigue el dictamen judicial, remitía a las víctimas a una segunda cuenta de Tuenti en la que continuar hablando. Se interesaba por conocer la edad de las interlocutoras y para ello se basaba en fotografías y direcciones capturadas de víctimas anteriores. Una vez constatada la minoría de edad, trataba de ganarse su confianza y favorecer su autoestima. “Aparentas más edad de la que tienes, eres muy guapa, tienes un cuerpo de mujer, con todos mis respestos, estás como un queso”, eran algunos de sus comentarios.
Si la víctima se negaba a mantener relaciones y ésta había referido previamente tener una hermana mayor, una prima... el acusado intentaba generar competitividad con expresiones tales como "esa seguro que lo hace todos los días".
Asimismo, cuando se ganaba la confianza de las menores, quería saber si mantenían una relación sentimental y se interesaba por su actividad sexual. "No le importaba su edad, aunque la interlocutora hubiese dicho 8, 10, 11, 12 o 13 años", apunta la sentencia.
Del mismo modo, el encausado conminaba a sus víctimas para que se realizaran fotografías íntimas o encendieran la web cam con el propósito de recibir archivos de imagen o vídeo de las menores. En ocasiones, las presionaba para que se tomaran las fotos o para que le enviaran más. En el supuesto de que las chicas hubieran accedido a sus peticiones, las amedrantaba con mostrar las conversaciones o las imágenes a sus amigos o padres, o incluso con agredir físicamente a estos.
De otra parte, si el procesado no lograba granjearse la confianza de la menor, le ofrecía dinero con la finalidad de llevar a cabo actos de índole sexual, desde tocamientos a relaciones sexuales plenas.
"¿Has hecho ya la comunión?"
La sentencia de la Audiencia de Cádiz explica el caso de una de las víctimas, con la que el condenado contactó el 27 de abril de 2013 –hace más de 10 años– para satisfacer su ánimo libidinoso. La niña, de 10 años entonces, aceptó su solicitud aunque después le pidió que la borrara, a lo que él se negó. El 1 de mayo de 2013, el encausado volvió a contactar con la menor y le sugirió que se conocieran. Cuando ella le reiteró que tenía 10 años, el procesado contestó: “10, ¿has hecho la ya comunión? ¿te regalaron muchas cosas?”. Ante la insistencia de la víctima para que la borrara de sus contactos, el procesado la presionó: “Conozco a tus padres, les voy a contar que dices guarradas para que te quiten el móvil y van a creerme antes que a ti, que eres una niña”, lo que le causó gran temor.
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