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La víctima menor de una violación sobre su agresor: "Es posible que me confundiese con mi madre"

Tribunales Cádiz

La niña "no sólo intenta no perjudicarlo, sino que claramente pretende beneficiarlo", argumenta la Audiencia de Cádiz, que condena al procesado a nueve años de cárcel

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Audiencia Provincial de Cádiz / Lourdes De Vicente

17 de mayo 2023 - 06:00

Cádiz/La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a nueve años de prisión a un hombre por violar a la hija de su pareja cuando ésta tenía 14 años de edad. Se da la circunstancia de que la víctima convivía con el procesado desde que tenía tan sólo dos años. En su declaración en la vista oral, la menor dijo que "era posible" que el ahora condenado "la confundiese con su madre" y que la mañana que ocurrieron los hechos el marido de su madre había bebido y consumido pastillas.

Para el tribunal de la Sección Cuarta, encargado de juzgar el caso, ha quedado acreditado que el 30 de noviembre de 2020, entre las ocho y las nueve de la mañana, el acusado aprovechó que su esposa había salido por indicación suya a comprarle tabaco para acceder al dormitorio de la niña y, "con ánimo de satisfacer su deseo sexual, se tendió encima de ella, le bajó la ropa y, sin que conste el uso de fuerza, violencia o intimidación", la violó.

El procesado, recoge la sentencia, contestó únicamente a las preguntas de su abogado durante el juicio, negó todo lo ocurrido y subrayó que consumía drogas desde que tenía 11 años. Asimismo, señaló que, a la fecha de los hechos, estaba en una fase de recaída y que tomaba también psicofármacos con alcohol. Por último, aseguró que "no era un violador, que no había tocado a la menor ni había mantenido relaciones con la misma".

La víctima, por su parte, testificó que conocía al encausado "de toda la vida". Manifestó que a primera hora del 30 de noviembre de 2020 estaba en la cama porque se encontraba enferma y no había ido al colegio. El procesado, dijo, entró en su habitación "llamando a su madre" tras haber bebido y consumido pastillas, se puso encima de ella e intentó penetrarla sin lograrlo, pues su madre llegó a la casa. Afirmó también que el hombre no usó violencia ni intimidación, que se colocó encima de su cuerpo y no pudo retirarlo porque pesaba más que ella. A preguntas de la letrada de la defensa, aseveró que el acusado iba drogado o bebido "porque lo había visto así muchas veces" y que "era posible que la confundiese con su madre".

La madre de la menor también prestó declaración en la vista oral e indicó que el día de los hechos sospechó que algo había ocurrido y aunque su marido se lo negó, su hija sí confesó.

La resolución judicial precisa que los médicos forenses recogieron muestras de la ropa interior y de los genitales de la menor. Así, practicada la prueba de ADN, se confirmó que dentro del saco vaginal y en las bragas de la niña había restos de semen que, sin género de dudas, correspondían con el del agresor sexual.

Por último, en cuanto a la existencia de un móvil espurio por parte de la menor, el tribunal de la Sección Cuarta de la Audiencia de Cádiz lo descarta "por completo", puesto que la víctima "no sólo intenta no perjudicar al acusado, sino que claramente pretende beneficiarlo". "Vemos cómo trata de poner el acento en la drogadicción, en la posibilidad de la confusión entre ella y su madre e incluso niega la penetración cuando el hallazgo del esperma en el interior de su vagina no deja dudas", argumenta la resolución judicial.

Con el relato de los hechos que ha quedado acreditado, la Sección Cuarta ha condenado al procesado a nueve años de cárcel como autor de un delito de agresión sexual con prevalimiento, en tanto que él ostentaba "una figura cuasi-paterna" respecto a la niña. Además, el tribunal ha rechazado tanto la atenuante como la eximente de hallarse bajo la influencia de las drogas y el alcohol.

El condenado se encuentra privado de libertad de forma preventiva y el tribunal ha acordado prorrogar esta situación de privación de libertad con el límite máximo de la mitad de la condena impuesta, que se cumplirá en junio de 2024.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

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