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El domingo 25 de octubre forma ya parte indeleble de la historia constitucional chilena. El estallido social del 19 de octubre de 2019 ha culminado un año más tarde en la aprobación de una convención constitucional paritaria que pondrá fin a la Constitución de 1980 como eje de la convivencia de los últimos cuarenta años. ¿Cuáles son los acontecimientos que han posibilitado el origen y consolidación del momento constituyente chileno? Ya adelantamos que la complejidad de la historia y del ecosistema constitucional chileno lo convierten en un caso sui géneris resistente a comparaciones apresuradas y demagógicas.
La Constitución de 1980 fue concebida bajo la supervisión directa de la Junta Militar presidida por Pinochet como una Carta otorgada, antidemocrática y garante de un modelo neoliberal de Estado. La inexistencia de un proceso constituyente digno de tal nombre motivará el cuestionamiento continuado de su ilegitimidad de origen. Esta mácula original persistirá a pesar de ser el texto constitucional con mayor número de reformas de la historia chilena.
La primera gran reforma tuvo lugar en 1989 y estuvo orientada a la eliminación de algunos de sus enclaves autoritarios. El resultado, parcialmente satisfactorio, supuso la reinstauración de un modelo de gobierno fuertemente presidencialista con el reverso de un Parlamento debilitado y unos contrapesos ejercidos por órganos como el Tribunal Constitucional y la Contraloría General de la República. Persistirían, como las rémoras antidemocráticas más llamativas, el rol tutelador de la acción política por las Fuerzas Armadas y el Consejo de Seguridad Nacional.
Los pilares básicos del modelo económico neoliberal impuesto en una Constitución sentida como ilegítima y los enclaves autoritarios del sistema político resistieron los embates de la acción reformadora durante el periodo 1990-2004. A ello contribuyó un sistema electoral de corte binominal que hacía imposible la obtención de las mayorías necesarias para impulsar reformas de calado en pro de la democratización de las instituciones y el fortalecimiento de los derechos sociales.
La reforma de 2005 corrigió algunos déficits democráticos al acabar con los senadores designados, fortalecer las competencias de órganos centrales como el Tribunal Constitucional, reforzar la función fiscalizadora del Parlamento sobre el presidente de la República y rebajar las exigencias de quórum de la reforma constitucional. El nuevo entramado constitucional y un ciclo económico expansivo harían de Chile una democracia institucionalmente estable con una economía vigorosa.
La intensa actividad reformadora encerraba una paradoja de imposible solución: la persistencia de la cuestión de la ilegitimidad de origen del texto constitucional de 1980 y el incremento del fervor ciudadano a favor de una nueva Constitución a través de un proceso constituyente auténticamente democrático, inclusivo y transversal.
El debate sobre la aprobación de una nueva Constitución sería retomado por la presidenta Michelle Bachelet en su segundo mandato presidencial. El 13 de octubre de 2015 anunció la apertura de un proceso constituyente que culminaría en la aprobación de una nueva Constitución que permitiese superar el origen dictatorial de la Carta de 1980. Las expectativas de participación y decisión ciudadana a través de una Asamblea Constituyente anunciadas por la mandataria no se correspondieron con la realidad. El Congreso fue el centro gravitacional de discusión del borrador y la mecánica procesal de la enmienda constitucional acabó enterrando el proyecto. La frustración acumulada de la sociedad chilena, ante la incapacidad o el desinterés de la clase política para aprobar una Constitución en democracia que superase las contradicciones e insuficiencias del sistema político, alcanzó su clímax el día 19 de octubre de 2019 con la ruptura del orden público en todo el país.
La tardanza de las instituciones y, en particular, del presidente de la República en reconocer las razones de la ruptura social y la urgencia de reabrir el debate constitucional sólo se superarían con la presión social continuada sobre el sistema político, con los episodios de desorden ciudadano y violencia estatal ya conocidos.
El 27 de diciembre de 2019 el presidente de la República activó el poder constituyente a través de la convocatoria del plebiscito constitucional. Por primera vez en la historia, el Poder Ejecutivo ha entregado el poder supremo a la ciudadanía para que decida democráticamente si quiere una nueva Constitución y bajo qué procedimiento se ha de concretar el proceso constituyente ya iniciado. La aplastante victoria del Apruebo y la elección de una convención constitucional paritaria sitúan a la sociedad chilena en un momento constituyente caracterizado por tres notas definitorias: su origen en un movimiento social transversal, su carácter apartidista y la adhesión sobrevenida del Gobierno.
La suma de estas notas lo asemeja parcialmente a otros movimientos regionales recientes como el boliviano o el ecuatoriano. Pero, sobre todo, imposibilita de raíz cualquier tentativa de ver en el caso chileno un modelo asimilable y exportable a la realidad española. Cualquier afirmación en este sentido únicamente demuestra un desconocimiento flagrante de la realidad chilena.
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