EEUU
Resultados de las elecciones en EEUU en directo

Condenan a una aseguradora a pagar más de 7.000 euros a una socia de FACUA por no asumir los gastos de repatriación de su madre fallecida

La aseguradora no quiso pagar el traslado bajo el pretexto de que a la hora de incluir a la fallecida en la póliza, no se le comunicó que sufría una enfermedad

El TSJA ratifica cinco años de cárcel al patrón de una patera que cruzó el Estrecho

La sentencia la dictó el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Puerto Real / C.P.

Puerto Real/La aseguradora Helvetia ha sido condenada a pagar 6.800 euros (más intereses) a una socia de FACUA Cádiz por negarse a asumir los gastos de repatriación del cadáver de su madre a su país de origen tras fallecer en España, dónde tenía fijada su residencia y pese a estar incluida en la póliza. La compañía también debe abonar las costas derivadas del procedimiento judicial.

Simplice M.Y. contrató con Helvetia en 2015 un seguro de decesos en el que posteriormente, en 2018, incluyó como asegurada a su madre. En las condiciones de la póliza se establecía el compromiso, por parte de la compañía, de asumir la cobertura de los gastos de repatriación de los restos de los asegurados desde España hasta su país de origen, Costa de Marfil.

A pesar de ello, cuando la madre de la afectada falleció en 2019, Helvetia se negó a cumplir con lo pactado en las condiciones del seguro. Alegó que Simplice había actuado de mala fe, ya que, al ampliar la póliza para añadir a su progenitora, no les comunicó que le estaban realizando pruebas médicas por las que posteriormente le diagnosticaron un linfoma no hodgkin, que fue el causante de la muerte.

La afectada decidió acudir a FACUA Cádiz para que le ayudara a interponer una reclamación ante la aseguradora. En ella, el equipo jurídico de la asociación alegó que ni la socia ni su madre habían tenido conocimiento de la enfermedad en el momento en que se la incluyó en la póliza y que, además, habían facilitado a Helvetia toda la información sanitaria que se les requirió previo a la firma del contrato. La compañía, sin embargo, se enrocó en su negativa a pagar la indemnización.

La demanda acabó en los tribunales

FACUA Cádiz se dirigió entonces al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones para interponer una reclamación contra Helvetia por negarse a cubrir los gastos de repatriación de la madre de Simplice. Pero pasaron dos años sin que el organismo diera respuesta, lo que motivó que la asociación decidiera finalmente acudir a tribunales para defender los intereses de la afectada.

En su demanda, el equipo jurídico de FACUA Cádiz reiteró los argumentos que ya había expuesto ante la compañía y la Dirección de Seguros. No había existido mala fe por parte de Simplice en ningún momento, y Helvetia estaba incumpliendo lo dispuesto en la póliza.

Ahora, la sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Puerto Real confirma los argumentos esgrimidos por la asociación, y señala que no consta que al tiempo de ampliación de la póliza de decesos se sometiera a la madre de Simplice “al cuestionario de salud habitual de preguntas sobre los antecedes de salud conocidos”.

Por el contrario, se le facilitó únicamente una declaración en la que se manifestaba “todos los asegurados de la póliza declaran que ni padecen ni han padecido ninguna de las siguientes enfermedades, seguido de una listad de posibles dolencias, tal y como afirma la jueza María Vanesa Rico Fernández

De igual forma, confirma que de la documentación médica obrante en autos no se puede concluir que al tiempo de la ampliación de la póliza (la fallecida) supiera que tenía un tumor maligno y/o cáncer que causaría su fallecimiento”. “Por lo tanto - continúa- no puede determinarse que obrara de mala fe o culpa grave cuando contestó negativamente a las preguntas genéricas sobre su salud que se le formularon por la entidad aseguradora“.

Así, finalmente ha condenado a Helvetia a abonar a Simplice los 6.808 euros que tuvo que asumir por la repatriación de su madre a Costa de Marfil, más intereses. La entidad también ha sido condenada a pagar las costas del procedimiento.

No hay comentarios

Ver los Comentarios

También te puede interesar

Lo último