Coronavirus en San Fernando: Hasta 33 familias aplazan el pago del alquiler de sus viviendas públicas en abril

Los interesados en acogerse a esta medida en mayo tienen hasta el día 2 para hacer los trámites con Esisa

La calle Real, fotografiada el pasado lunes.
La calle Real, fotografiada el pasado lunes. / Román Ríos
Redacción

14 de abril 2020 - 17:48

San Fernando/Un total de 33 familias que ya ha aplazado el pago del alquiler de su vivienda pública en San Fernando de este mes de abril. Se trata de personas o unidades familiares arrendatarias de una vivienda gestionada por la Empresa Municipal de Suelo (Esisa) que se han visto gravemente afectadas por las consecuencias de la paralización de la actividad por el coronavirus Covid-19. Ahora vuelve a abrir un plazo hasta el 2 de mayo para que las familias interesadas aplacen el abono del mes de mayo.

La concejala de Vivienda y presidenta de Esisa, Claudia Márquez, recuerda que el Ayuntamiento tomó la medida al inicio de esta crisis, de manera que infirmó a sus inquilinos y a los usuarios de viviendas autonómicas de la posibilidad de suspender el pago del recibo de abril.

"En cumplimiento de las medidas del Real Decreto aprobado por el Gobierno de España relativo a medidas de apoyo al mantenimiento de la vivienda durante esta crisis, se ha abierto un nuevo plazo hasta el 2 de mayo para que los inquilinos que sigan sufriendo estas graves consecuencias puedan avisar a Esisa de que se vuelva a aplazar el abono del recibo del próximo mes de mayo", explica el equipo de gobierno.

Los arrendatarios que quieran acogerse a esta medida deben contactar por vías telemáticas con la Empresa de Suelo Isleña para informar de su situación y de si quieren que por el momento se les aplace el cobro de los recibos. Los inquilinos que se acogieron a la medida en el primer plazo y quieran volver a acogerse deben notificarlo. Lo mismo ocurre con los que no lo solicitaron en el mes anterior, pero quieran beneficiarse ahora de esta suspensión. Los interesados deben enviar por correo electrónico a correo@esisa.es la documentación que establece la normativa estatal y que se especifica en la página web de Esisa.

La empresa ya ha dispuesto en la página web tres apartados específicos de información sobre las ayudas: para los inquilinos de viviendas municipales o autonómicas gestionadas por la empresa; para los inquilinos de viviendas privadas; y para los propietarios de viviendas que quieran informarse sobre las moratorias de las hipotecas. De hecho, se pueden descargar documentos de información con el resumen de las medidas y plantillas para facilitar la solicitud de cada una. Desde Esisa también enviarán esa misma documentación y las solicitudes para cumplimentar a todos aquellos que lo soliciten por email o a través del teléfono 956945000.

Una vez que ya se decrete el final de las restricciones y del periodo de estado de alarma, se pueden producir dos situaciones. Por un lado, se podrá establecer un acuerdo de pago en diversos plazos de los recibos aplazados durante la crisis sin recargo alguno. Y por otro, los que se hayan visto muy afectados en su situación económica podrán acceder a la línea de subvenciones en la que el gobierno municipal ya está trabajando. Estas ayudas permitirán subvencionar, en base a unos criterios que se están analizando actualmente y en los casos justificados, el pago. Será a los más afectados por las circunstancias derivadas de las restricciones aplicadas para poder frenar la pandemia.

Asesoramiento de Esisa

La concejala de Vivienda, Claudia Márquez, recuerda que Esisa tiene en marcha un protocolo de asesoramiento y de información para ayudar y apoyar en los trámites a todos los que se hayan visto afectados por la crisis del coronavirus. Así se puede contactar por los medios mencionados: con un mensaje a correo@esisa.es o llamando al 956945000. La empresa pública prestará apoyo a las personas que crean que puedan estar en estar circunstancias o ser beneficiarias de las medidas de contención y prevención frente al Covid-19, sean arrendatarios de viviendas públicas o de las privadas, o propietarios de una vivienda que puedan acogerse a la moratoria de las hipotecas.

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