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Desestimadas dos reclamaciones por caídas en San Fernando: pedían más de 35.000 euros al Ayuntamiento

El Consejo Consultivo emite sendos dictámenes en contra de las indemnizaciones solicitadas, incluso cuando en uno de los casos el Consistorio proponía una resolución estimatoria parcial al tratarse de una caída en un calle en obras

Una mujer de San Fernando será indemnizada con 5.000 euros por el Ayuntamiento por una caída provocada por el mal estado de la acera

Unas obras en el acerado en San Fernando, en una imagen de archivo / Ayuntamiento San Fernando

San Fernando/El Consejo Consultivo de Andalucía ha emitido recientemente dos informes desfavorables ante sendas reclamaciones de responsabilidad patrimonial formuladas contra el Ayuntamiento de San Fernando motivadas por caídas en la vía pública, indemnizaciones que en conjunto superaban una cuantía nada desdeñable: más de 35.000 euros.

En el primero de los casos, la persona afectada demandaba el pago de hasta 15.561,02 euros en concepto de indemnización por los daños sufridos al caerse en una calle de la localidad que estaba en obras, hechos que ocurrieron en el mes de julio de 2021.

Tal y como se relata en el dictamen del Consultivo, la persona tropezó con una cuerda maestra que estaba colocada entre dos gavillas para los trabajos de enlosado al pasar por una zona en la que había un paso abierto para las personas delimitado por dos vallas, por donde accedió "en la confianza que era una zona habilitada para el paso de peatones". De ahí que el demandante estime que existe responsabilidad del Ayuntamiento por cuanto la causa origen de la caída fue "la defectuosa señalización de la obra con unas vallas abiertas que permitían el paso de peatones" sin que estuviera visible el obstáculo.

No obstante, el dictamen -en línea con pronunciamientos anteriores de este órgano- descarta la existencia de responsabilidad patrimonial a pesar de que el Ayuntamiento isleño abogaba incluso por una resolución estimatoria parcial, contra la que se pronuncia este órgano. Sostiene que "es claro que el interesado sabía que se trataba de una zona en la que se estaban ejecutando unas obras y, pese a ello, decidió transitar por ella, con el consiguiente riesgo que ello entrañaba".

De hecho, el Consejo Consultivo echa mano a las fotografías aportadas para señalar que "muestran con nitidez el estado del acerado en obras: cemento a simple vista donde iban a ser colocadas las losetas, como ya se había hecho en la otra parte del acerado ya ejecutada y también visible". A lo que añade que la caída se produjo a plena luz del día y que "el interesado conocía la zona y la existencia de las obras en la misma, por lo que debería de haber intensificado su cautela".

En este sentido alude el dictamen a una doctrina ya conocida del Consejo Consultivo, que insiste en que "los ciudadanos deben de prestar la diligencia debida cuando transitan por espacios públicos (por cualquier espacio en realidad) de modo que puedan sortear tanto las deficiencias o irregularidades menores que puedan existir como la disposición propia de los elementos públicos en la organización espacial que de ellos se haya realizado o los existentes por obras que se estén realizando o se hayan realizado".

Prácticamente en los mismos términos se expresa en la otra reclamación patrimonial que ha informado desfavorable, en la que se reclama al Ayuntamiento de San Fernando una indemnización que asciende 20.390,39 euros por una caída ocurrida en la vía pública en marzo de 2021.

En este caso, la caída se atribuye "al mal estado del acerado por crecimiento de las raíces de un árbol". Los daños, expone citando las fotografías aportadas, se ciñen a uno de los alcorques del arbolado existente en la calle mientras el resto de la calzada se encuentra en perfectas condiciones.

"El desperfecto es más que evidente, visible a simple vista, además, al estar pegado al alcorque hace casi imposible que un peatón siguiendo una trayectoria normal en el tránsito necesite pisar esa losa pues implicaría que camina hacia o desde el árbol, dependiendo del sentido de la marcha, lo cual carece de toda lógica", advierte al considerar que la caída "parece obedecer más a un descuido de la propia accidentada que al estado de conservación del pavimento el cual, además, es aceptable en el resto del acerado que asimismo es amplio".

"No resulta exigible, según la conciencia social, que el pavimento carezca de fisuras menores, o no haya alguna ausencia de losetas, pues la tarea que conduciría a ello es prácticamente imposible e inasumible desde el punto de vista del coste. De igual modo, tampoco parece exigible, siempre razonando en vía de ejemplo, que la prestación de los servicios de mantenimiento implique necesariamente la inexistencia de pequeños desperfectos", detalla el dictamen al avalar la resolución desestimatoria formulada por el Ayuntamiento de San Fernando contra esta reclamación.

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