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La nueva tasa de tratamiento de residuos indigna a los isleños

Un polémico impuesto para San Fernando

No hay fecha confirmada para cobrar el nuevo impuesto

La tarifa para las viviendas oscilará entre 38 y 67 si tiene jardín y entre 1.200 euros y 100 para las actividades económicas

Contenedores de basura en una calle de San Fernando, en una imagen de archivo. / E.P.

San Fernando/El malestar de los vecinos de San Fernando al saber que tendrán que afrontar una nueva tasa va en aumento. Por las redes sociales proliferan los comentarios contrarios a esta medida, críticos con que los ciudadanos tengan que asumir un nuevo gasto, y los mensajes de insumisión y de movilización para que no se pague este nuevo gravamen. A muchos isleños han comenzado a llegar los mensajes del Servicio Provincial de Recaudación de actualización del padrón de contribuyentes. Así se han enterado la mayoría de la creación de esta tasa consorcial, lo que se han criticado por la falta de una campaña informativa previa.

Nada se sabe de cuándo comenzará a cobrarse la tasa, ni a cuánto ascenderán los primeros recibos, puesto que la ciudadanía debe afrontar la cuantía de los años previos para cubrir el servicio de transporte, tratamiento y eliminación de residuos sólidos urbanos –que gestiona el Consorcio Bahía de Cádiz– y que se ha realizado sin abonar su coste (desde 2016). Sí están definidas las tarifas anuales, recogidas en la ordenanza fiscal que se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) el 26 de diciembre de 2014 y que diferencia entre actividad económica y viviendas.

Contra la tasa

La cuota única para viviendas será de 38 euros al año, aunque aumentará en el caso de tener jardín. La superficie servirá para fijar qué habrá que pagar en estos casos: con más de 1.000 metros cuadrados ascenderá a 67 euros; de 999 a 500 metros cuadrados se quedará en 57 euros y quienes tengan menos 500 metros cuadrados abonarán 52 euros.

Las tarifas serán mayores para las actividades económicas, a las que precisamente afectan los saltos más llamativos. La industrial se medirá también en superficie ocupada. Así, más de 1.500 metros cuadrados supondrán un coste de 1.200 euros al año. A la mitad (600 euros) se reduce si el espacio donde se desarrolla la actividad oscila entre 1.499 y 500 metros cuadrados. Para los negocios que se ubiquen en instalaciones de 499 a 300 metros cuadrados la cuantía estará en 350 euros, mientras que para aquellos que no sobrepasen los 300 metros cuadrados será de 250 euros.

En la actividad comercial se distinguen cuatro posibilidades: los hipermercados y supermercados tendrán que asumir un gasto de 1.100 euros, y para el resto de establecimientos la tasa se estipula según su superficie. De más de 150 metros cuadrados estarán obligados a pagar 350 euros. Si el local va de 70 a 149 metros cuadrados el abono baja a 225 euros. Los que desarrollen su actividad comercial en menos de 70 metros cuadrados aportarán 100 euros anuales.

Para los establecimientos hoteleros la tasa se ajusta en función de las camas: más de 100 camas supone un coste de 2.200 euros al año; entre 20 y 99 plazas se reduce a 1.500 euros y con menos de 20 camas se queda en 550 euros.

No hay bonificaciones para las familias en precario ni se tiene encuenta la capacidad de emitir residuos de un tipo de establecimiento u otro

Para los servicios profesionales se plantea el salto de tarifas más amplio porque, mientras para la primera categoría –más de 150 metros cuadrados– se señala una cuantía de 1.140 euros (sin que en estos años se haya advertido de que sea un error y se haya subsanado), para la segunda –de 70 a 149 metros cuadrados– se sitúa en 120 euros. La tercera, menos de 70 metros cuadrados, está en 100 euros. Finamente, los centros oficiales no municipales tendrán que abonar 650, 450 y 280 euros, en función del espacio: más de 5.000, entre 1.000 y 4.000 y menos de 1.000 metros cuadrados.

De este cuadro de tarifas llama la atención la falta de progresividad. En el caso de las viviendas no se tiene en cuenta la situación económica de la familia ocupante, y más allá de lo que marque la ley al respecto no se recogen exenciones o bonificaciones. En el caso de la actividad comercial no se plantea una división en función de su actividad concreta, ni tiene en cuenta la capacidad de emitir residuos. En general para las actividades económicas la delimitaciones son demasiados amplias: se trata igual al negocio hotelero que tiene 21 camas que al que tiene 99 o a la empresa industrial que tiene 501 metros cuadrados que al que tiene el doble. Por esta razón, está abierto un expediente de modificación de ordenanza con la intención de resolver esta cuestiones.

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