La nueva ordenanza de la Feria del Carmen en San Fernando: prohibidas las 'macetas' con alcohol de alta graduación

La normativa, ahora en fase de alegaciones, solo obliga a los caseteros a abrir "en horario de mañana" durante el Día de la Mujer

Protege el modelo de caseta tradicional y prohíbe también su uso "como discotecas"

En marcha la nueva ordenanza de la Feria del Carmen en San Fernando: las entidades sin ánimo de lucro seguirán siendo prioritarias

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Feria del Carmen y de la Sal, en San Fernando / Germán Mesa

San Fernando/La nueva ordenanza reguladora de la Feria del Carmen y de la Sal en el recinto del parque Almirante Laulhé y en los terrenos de Caño Herrera (zona de atracciones) de San Fernando no solo define los criterios de adjudicación de las casetas para dar prioridad -sin que haya duda alguna- a las entidades sin ánimo de lucro sino que también añade nueva normativa a la fiesta para "proporcionar un marco legal que garantiza seguridad jurídica, al definir los requisitos y procedimientos para la adjudicación, administración y uso de las casetas situadas en el recinto ferial".

En ese sentido, una de las medidas recogidas en la ordenanza promovida por el Ayuntamiento de San Fernando -ahora en fase de alegaciones- alude a la prohibición expresa de vender 'macetas' con bebidas alcohólicas de graduación superior en el recinto ferial.

Así se especifica en uno de los puntos del artículo 12 de la nueva normativa, que concretamente alude a las Infraestructuras, Montaje, Suministros y Uso de las Casetas.

Concretamente, detalla que "queda expresamente prohibida la venta de bebidas en los formatos de 'macetas' o similares, entendiendo por tal cualquier combinado alcohólico con bebidas de graduación superior a 20º y capacidad superior a 33 mililítros".

Además, añade el articulado, "en ningún caso se permitirá la venta de productos, directamente o por medio de máquina expendedora, hacia el exterior de la caseta".

La ordenanza define y protege también el modelo de caseta de Feria tradicional -al menos, tal y como se concibe en La Isla- y para ello prohíbe "el uso y destino de las casetas para manifestaciones y formas de ocio ajenas por completo al espíritu y carácter de nuestra feria, tales como discotecas, u otras de similares características".

De hecho, detalla que "será motivo de retirada de la concesión la decoración interior de las casetas ajena a los elementos estéticos de la feria para asimilarlas a discotecas o similares". "Para ello -añade- las casetas se entregarán decoradas en su interior con iluminación con guirnaldas de luces y farolillos, paredes con lonas a rayas, mesas, sillas, barra y pañoleta personalizada".

Obligación de abrir el Día de la Mujer en horario 'de mañana'

Otra de las cuestiones recogida este nuevo articulado que afecta a los caseteros alude a la llamada Feria 'de día' de la que tanto se lleva hablando desde hace décadas. Es decir, la apertura de las casetas en horario diurno (normalmente desde mediodía y primeras horas de la tarde), que en La Isla no es costumbre habida cuenta de la fecha en la que se celebran los festejos, en pleno mes de julio.

En este sentido, la ordenanza concreta que "no es obligatorio para los caseteros abrir en horario de mañana, con excepción del Día de la Mujer" haciendo alusión así a la única jornada en la que suele tener buenos resultados -y ambiente- esta iniciativa de abrir las casetas a partir del mediodía.

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