La ordenanza de la calle Real se amplía para regular su uso en Semana Santa
Un informe "preceptivo y vinculante" detallará los cambios y suspensiones en la prestación del servicio del tranvía para que las cofradías puedan pasar
San fernando/La nueva ordenanza reguladora de la calle Real que el Ayuntamiento tramita ante la inminente puesta en marcha del tren-tranvía ha revisado y ampliado los contenidos del borrador inicial para afrontar su periodo de exposición pública, que se iniciará hoy mismo y que permitirá a los ciudadanos formular las alegaciones que estimen convenientes hasta el próximo día 23.
Entre las novedades que incorpora esta normativa municipal que tiene por objetivo regular el uso de la calle Real ante la entrada en funcionamiento del tranvía destaca la inclusión de un artículo completo -el 38- que dedica en exclusiva a la celebración de la Semana Santa, una de las cuestiones que más polémica ha causado desde que hace una década empezara a hablarse del proyecto al temer que fuera incompatible con el tranvía la ocupación de la arteria principal de la ciudad con las cofradías y con los palcos de la Carrera Oficial.
Por parte de la Junta de Andalucía existe desde el primer momento un compromiso explícito que ha repetido en reiteradas ocasiones. Asegura que la puesta en funcionamiento del tren-tranvía no afectará en ningún momento a la celebración de la Semana Santa. Su circulación -aún cuando se trata de un medio de transporte interurbano- se interrumpirá durante la franja horaria vespertina que coincide con el paso de las procesiones. Con todo, la mayoría del colectivo cofrade -amplísimo en La Isla- mantiene sus recelos hacia el tranvía.
La nueva ordenanza municipal, que en un principio ni siquiera hacía alusión a este tema, ha terminado por reglar también este uso excepcional de la calle Real que se hace durante la Semana Santa, algo que resultaba inevitable al ser el punto neurálgico de la celebración, en el que se instala la Carrera Oficial y donde concluyen las 22 hermandades que procesionan entre el Domingo de Ramos y la mañana de Pascual.
Así, el artículo 38 de la ordenanza municipal reguladora del control de accesos a la calle Real dispone que, con antelación a la Semana Santa, el departamento de Tráfico de la Policía Local pondrá en conocimiento del órgano gestor de su funcionamento (del tranvía) o, en su caso, de los técnicos que gestionan el mantenimiento del tranvía los itinerarios y horarios de los cortejos procesionales de las distintas cofradías y hermandades que pueden verse afectados por la circulación de este medio de transporte.
En este sentido, se solicitará a la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía la emisión de un informe que tendrá carácter preceptivo y vinculante "en el cual se describan las modificaciones o, en su caso, las suspensiones que se hayan de realizar en la prestación del servicio necesarias para compatibilizarlo con la celebración del mencionado evento -la Semana Santa- en la calle Real".
Mención expresa hace además la nueva ordenanza al montaje de la Carrera Oficial de la Semana Santa. Al margen de los planes que el gobierno municipal plantea llevar a cabo para trasladar los palcos al atrio del Ayuntamiento -lo que tiene necesariamente que esperar a la terminación de las obras de rehabilitación del edificio consistorial y a la proyectada remodelación de la plaza del Rey, además de consensuarse con el Consejo de Hermandades y con las cofradías de penitencia-, la normativa señala que "los elementos estructurales que conforman la Carrera Oficial serán instalados de forma que garanticen el uso de una de las vías de la plataforma tranviaria", algo que prácticamente se hace siempre. De esta forma se señala expresamente la intención de "compatibilizar el tráfico del tranvía" durante los tramos horarios de cada jornada de la Semana Santa en los que no hay procesiones en la calle. Es decir, fundamentalmente por las mañanas y hasta media tarde.
Vía crucis y procesiones de gloria necesitarán autorización expresa
Más allá de la Semana Santa, a la que se dedica expresamente un artículo en la nueva ordenanza que el equipo de gobierno quiere aprobar en las próximas semanas, hay otras cuestiones -procesiones de gloria o extraordinarias, vía crucis o traslados, por ejemplo- que la ordenanza municipal encaja en el epígrafe genérico destinado a "otras actividades" que hacen uso de la calle Real y que, evidentemente, no son única y exclusivamente de ámbito cofrade sino ambién comerciales, deportivas, lúdicas... En este sentido, dispone que estas actividades -donde se incluyen por ejemplo a las procesiones de gloria- tienen que cumplir con el decreto 195/2007 de 26 de junio de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de carácter ocasional y extraordinaria. Si afecta al funcionamiento del tranvía, se requerirá la preceptiva autorización de la entidad gestora. Sin ella "no se autorizará el evento".
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