San Fernando implica a la UCA en su recurso contra las restricciones en la limpieza de la playa de Camposoto

El recurso de alzada incluye dos informes emitidos por la Universidad para defender que no hay argumentos científicos y rigurosos para limitar el uso de medios mecánicos en el mantenimiento de la playa

Cavada acusa a la Junta de impedir la retirada de fangos y piedras y la limpieza de la playa de Camposoto

La playa de Camposoto, en una imagen tomada esta semana.
La playa de Camposoto, en una imagen tomada esta semana. / Antonio Zambonino

San Fernando/El Ayuntamiento de San Fernando ha presentado un recurso de alzada a la Junta de Andalucía para que modifique la resolución sobre el plan de explotación de la playa de Camposoto y se eliminen las restricciones que impiden su normal mantenimiento. Las limitaciones impuestas este año por la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul dificultan que se limpie de manera adecuada. En concreto, reclama que se vuelvan a permitir los recursos mecánicos para esta tarea y la colocación de papeleras más cerca de la zona de uso de los ciudadanos. Y para ello recurre a la Universidad de Cádiz que habla de zonificación de la playa, de la necesidad de la limpieza mecánica y de la falta de evidencia de la presencia de especies protegidas fuera del cordón dunar del tramo de playa entre el acceso 1 y el 8.

En el escrito, el Consistorio expone los argumentos que la alcaldesa, Patricia Cavada, planteaba ayer martes al explicar las razones del estado actual de la playa de Camposoto: que durante los últimos 20 años estas labores de mantenimiento se han hecho con los mismos métodos sin que hasta ahora la Administración andaluza hubiera establecido limitaciones. De hecho, esgrimen el cumplimiento en el plan de explotación de la playa, nuevo este año y con vigencia hasta 2027, del Decreto 79/2004 de 24 de febrero que aprueba el Plan de Ordenación de Recursos Naturales y el Plan Rector de usos y Gestión del Parque Natural Bahía de Cádiz. En todos los documentos que se han ido elaborando para el uso y gestión de la playa desde 2004 hasta 2023 la Junta había permitido la utilización de maquinaria y la instalación en el entorno del arenado de las papeleras. En los últimos años, esta limpieza mecanizada se ha ido delimitando para dejar clara la diferencia entre la zona de uso balneario y la superficie dunar y adyacente, así como se ha ido reduciendo el número de papeleras.

El documento se refiere a un procedimiento sancionador iniciado con el plan anterior por la Delegación Territorial cuya resolución de abril de este año supuso una reducción considerable de la sanción y el reconocimiento de que la limpieza mecanizada estaba autorizada. Incluso de que era necesaria por que "requiere de una limpieza profunda para mantener la salubridad necesaria en la zona perturbada por la intensa presencia humana", cita textualmente el recurso. Con todo, cuestiona Cavada en el recurso de alzada, en el expediente sancionador se incluyó una condición de "cumplimiento imposible" para el gobierno: "La limpieza mecanizada sin retirada de cantos rodados". Algo que considera "un contrasentido lógico y jurídico", que está impugnado también.

El documento señala, como hizo el gobierno este martes, al cambio de criterio del nuevo director conservador del Parque Natural, que además ha supuesto el inicio de diligencias por la Fiscalía de Cádiz y la denuncia ante los Juzgados de San Fernando. La sanción recurrida y la denuncia cursada, cuestiona el texto presentado ante la Consejería, se basan en los informes del Parque Natural que sostienen "sin datos objetivos ni fundamentos" que la limpieza ha ocasionado la destrucción o degradación de especies amenazadas o de sus lugares de reproducción, invernada, reposo, campeo o alimentación.

Esos criterios han supuesto que en Camposoto no se aplique la normativa, sino que se hayan impuesto medidas más restrictivas, entienden. Alejar las papeleras de la zona de uso de la playa hace que la ciudadanía no tenga a una distancia cercana un lugar donde depositar sus residuos, por lo que consideran que esto puede desembocar en que algunas personas menos cívicas opten por dejar la basura en la arena, con el consiguiente daño al ecosistema, al limitarse también la forma de limpiar la playa.

Informe de la Universidad de Cádiz

El Ayuntamiento ha recurrido a una entidad independiente, la Universidad de Cádiz (UCA), para que elabore un dictamen sobre las evidencias científicas que pudieran concluir que las actuaciones que realiza en la zona de uso balneario de la playa (del acceso 1 al 8 que cuenta con servicios, también denominada playa norte) afectan al cordón dunar o las especies protegidas como el chorlitejo patinegro y el charrancito común. Entiende que era necesario ante la falta de un estudio riguroso que sustente el criterio adoptado por la dirección del Parque Natural.

Desde la UCA se han emitido dos documentos. El primer se refiere a la zonificación de actividades humanas y la conservación de las especies mencionadas en la playa de Camposoto y la Punta del Boquerón. En su redacción se apunta a estudios científicos que señalan la necesidad de limpieza mecanizada en playas urbanas sujetas a elevada afluencia de personas por la generación de basura que implica: por cuestiones de salud, de seguridad y de medio ambiente. De hecho, se indica que este tipo de limpieza puede mejorar algunos aspectos ambientales y de salud pública. Para Camposoto se recomienda delimitar las áreas de limpieza mecánica y establecer zonas de protección para los sistemas dunares y áreas sensibles (algo que ya existe) y se sugiere seguir con la limpieza mecanizada en los meses con más visitantes.

El segundo informe pericial, de evaluación de los medios mecánicos de limpieza de la playa de Camposoto y su impacto en los sistemas dunares, recoge la presencia de dos parejas y una familia de chorlitejo patinegro en la zona de dunas de la playa norte, frente a la importante población que alberga la playa sur (la parte sin servicios, hacia la Punta del Boquerón) con 22 parejas de chorlitejo patinegro, que muestra claras preferencias por este tramo por la menor presencia humana. De hecho, aclara que el equipo investigador no tiene ningún avistamiento o evidencias en los últimos años sobre que el charrancito común haya criado en la zona norte de Camposoto, mientras que en la zona sur en 2022 se contabilizaron 22 parejas.

No hay evidencia de nidos de ambas especies, puntualiza la UCA, en la parte adyacente a las dunas en el tramo de playa comprendido entre el acceso 1 al 8. Siempre han sido observadas dentro del sistema dunar. Ni siquiera los desplazamientos monitorizados por transmisores GPS colocados a cuatro chorlitejos que nidificaron en la Punta del Boquerón han arrojado datos de movimiento hacia la zona con servicios de la playa, mientras que sí lo hacen hacia las marismas de Chiclana. Incluso apuntan a que no hay franja adyacente a las dunas que sea utilizada por las aves nidificantes.

La Universidad también ha comprobado que el tránsito de los vehículos de limpieza en la playa solo discurre por el límite superior de la marea alta sin entrar en el sistema dunar.

El gobierno entiende que ambos documentos evidencian que el criterio de la dirección del Parque Natural sobre la limpieza que realiza el Ayuntamiento "es más producto de una impresión genérica que de un estudio riguroso del espacio protegido". Sin una investigación sólida no se puede concluir que las acciones de mantenimiento de la playa afectan de manera real al cordón dunar y las especies que en él anidan, insisten. Por eso defienden que, frente al criterio de gestión conservacionista que el Parque Natural aplica a las dos zonas de la playa, la zona de uso balneario y la continuación de la playa hacia la Punta del Boquerón, debe atenderse a su uso diferente y, por tanto, ajustar a ello los modos de limpieza.

Sin seguridad jurídica

Junto a estos argumentos, el gobierno municipal considera que la autorización del plan de explotación de playas que recoge las restricciones expuestas "infringe claramente el principio de seguridad jurídica" por acudir a conceptos jurídicos indeterminados como la definición que se hace de los sistemas dunares y zonas adyacentes, que han llevado a que se suspenda la limpieza mecánica para evitar una sanción, cuando la normativa reguladora del Parque Natural no prohíbe estas actividades ni la instalación de papeleras.

Por todo ello, el Ayuntamiento isleño solicita que se modifique la resolución sobre el plan para permitir el uso de recursos mecánicos en la limpieza y la ubicación de papeleras en la zona de playa. Además, reclama que se suspenda la ejecución de la resolución que recurren por los graves perjuicios que puede provocar en cuanto a la salud pública y de higiene para los usuarios de la playa. 

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