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España exigirá una PCR negativa en origen a todos los viajeros procedentes de países en riesgo

Crisis sanitaria

Pasajeros en la T-1 del aeropuerto de Adolfo Suárez-Barajas (Madrid). / Fernando Villar /Efe
C. D.

11 de noviembre 2020 - 16:36

España exigirá a todos los viajeros procedentes de países en riesgo por coronavirus una prueba PCR negativa en origen para entrar en territorio nacional.

Así lo ha anunciado este miércoles el ministro de Sanidad, Salvador Illa, a los consejeros de las comunidades autónomas en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, según ha adelantado la Cadena Ser.

La medida entrará en vigor a partir del 23 de noviembre. La prueba PCR deberá haberse realizado 72 horas antes para poder entrar en España, y se mantendrán además el control visual y de temperatura.

El Formulario de Control Sanitario que todo viajero procedente de países de riego debe cumplimentar antes de su entrada a España recogerá a partir de ahora una pregunta sobre si se dispone de esta prueba, que se deberá presentar con el documento original en formato papel o electrónico y redactado en español o inglés, ha informado el Ministerio de Sanidad este miércoles.

Cuando el Formulario no se haya podido cumplimentar telemáticamente, a través del código QR generado a través de la web www.spth.gob.es o de la aplicación Spain Travel Health-SpTH, se podrá presentar en formato papel antes del embarque. En este caso, deberá ir acompañado con el documento acreditativo original de la realización de la prueba diagnóstica.

Para la designación de las zonas o países de riesgo a los que se exigirá la realización de una PCR, en el caso de los países de la Unión Europea y países asociados Schengen, se tomará como referencia los criterios contemplados en la Recomendación UE 2020/1475, del 13 de octubre, sobre un enfoque coordinado de la restricción de la libre circulación en respuesta a la pandemia de Covid-19.

En cuanto a los países terceros, la referencia básica será la incidencia básica acumulada por 100.000 habitantes en 14 días, complementado con las capacidades implantadas según se contempla en el reglamento Sanitario Internacional, en base a la información facilitada por el Centro Europeo para la Prevención y el Control de Enfermedades (ECDC).

Las agencias de viaje, los operadores turísticos y las compañías de transporte aéreo o marítimo y cualquier otro agente que comercialice billetes deberán informar a los pasajeros de la obligatoriedad de disponer de una PCR con resultado negativo para poder viajar.

Sanidad destaca que esta nueva medida cumple la Recomendación de la UE 2020/1475, que persigue acabar con la disparidad de los modelos de control sanitario implantados por los países de la Unión Europea.

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