Ojo a la etiqueta DGT de tu coche, en 2023 podrían prohibirte circular por estas ciudades
La Ley de Cambio Climático prevé que todas las localidades de más de 50.000 habitantes designen una ZBE (Zona de Emisiones Bajas).
Habrá una señal vertical que indique el acceso a una zona de emisiones bajas, para limitar la circulación a los vehículos más contaminantes.
¿Puedo aparcar en una salida de garaje sin señal de vado?
Todavía parece lejano, pero el 31 de diciembre de 2023 está más cerca de lo que creemos. Es una fecha importante en España porque, en este año y medio de plazo que resta, casi 150 ciudades españolas tienen que desarrollar diferentes planes para implementar zonas de emisiones bajas en sus centros históricos.
Entre sus medidas para reducir el volumen de emisiones, la Ley de Transición y Cambio Climático aprobada ya hace un año por el Gobierno contempla la obligación de que las ciudades de más de 50.000 habitantes creen, entre otras accionas, una ZBE que limite la circulación a los vehículos más contaminantes.
¿Cuáles serían los vehículos afectados por las ZBE?
Obviamente, serán todos aquellos contaminantes, es decir, los que no tengan una etiqueta ambiental de la DGT o estén dentro de la categoría A. Dentro de la categoría turismo y furgonetas ligeras, no les corresponde distintivo ambiental a los motores de gasolina anteriores al año 2001 (anteriores a la norma Euro 3) y a todos los diésel anteriores a 2006 (anteriores a la norma Euro 4). En el caso de las motos, serán aquellas que no cumplen con las normativas Euro I matriculadas antes de 2003.
Los vehículos con etiqueta B y C también podrían ver mermada su capacidad de circular por estas ZBE si así lo deciden los diferentes consistorios.
La etiqueta B corresponde a todos los vehículos de gasolina matriculados a partir del 1 de enero de 2001 o que cumplen con Euro III y los diésel matriculados a partir del 1 de enero de 2006 o que cumplen Euro IV y Euro V. Por otro lado, la etiqueta C es para los gasolina matriculados a partir del 1 de enero de 2006 o que cumplen Euro IV, Euro V o Euro VI y los diésel matriculados a partir del 1 de septiembre de 2015 o que cumplen Euro VI.
Las restricciones que se podrían aplicar a este tipo de vehículos serían aquellas de acceder a las ZBE pero solo para aparcar, como ocurre en Madrid Central, o directamente ni siquiera poder entrar a ellas si el consistorio así lo considera. Y es que la Ley de Cambio Climático apunta las medidas que deben tomarse de cara a 2023, pero no cómo han de ejecutarse, por lo que los ayuntamientos disfrutan de libertad de decisión en cómo implementar las zonas de bajas emisiones.
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