Una indemnización histórica: más de medio millón de euros para el usuario de un patinete eléctrico que fue atropellado

Una furgoneta, que salía marcha atrás de un aparcamiento, no se percató del paso del afectado y lo embistió

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Un usuario en patinete.
Un usuario en patinete.
agencias

20 de marzo 2025 - 19:35

Toledo/Un vecino de la localidad toledana de Illescas, de 44 años, ha recibido una indemnización histórica de 545.000 euros tras sufrir un grave accidente mientras circulaba en su patinete eléctrico. El caso no solo ha supuesto un cambio radical en la vida de la víctima, sino que también se ha convertido en un referente legal en España en la defensa de los derechos de los usuarios de vehículos de movilidad personal, según explicó su abogado, Abelardo Moreno, especialista en lesiones cerebrales y miembro de la firma Neurolegal.

El accidente tuvo lugar el 6 de junio de 2022, en una céntrica calle de Illescas, cuando el usuario del patinete eléctrico se dirigía al trabajo y una furgoneta, que salía marcha atrás de un aparcamiento sin percatarse de su presencia, lo embistió. El impacto hizo que saliera despedido y golpeara su cabeza contra el asfalto. A pesar de llevar casco, la fuerza del choque le provocó un traumatismo craneoencefálico severo que requirió una intervención quirúrgica de urgencia, meses de hospitalización y un largo y doloroso proceso de rehabilitación.

Las consecuencias del accidente han sido devastadoras para el usuario del patinete, quien ahora enfrenta importantes secuelas físicas y cognitivas permanentes que han limitado su capacidad para trabajar y llevar una vida normal. Según fuentes cercanas al caso, las lesiones incluyen problemas de movilidad, pérdida de memoria y dificultades para realizar actividades cotidianas, lo que ha generado un impacto profundo tanto en su vida personal como profesional.

Durante meses, su familia luchó contra la aseguradora del vehículo implicado, exigiendo que asumiera la responsabilidad civil por los daños causados. La defensa argumentó que la maniobra del conductor de la furgoneta fue negligente y determinante en el accidente. Finalmente, se alcanzó un acuerdo que fijó la indemnización en 545.000 euros, una cifra destinada a cubrir el daño personal y patrimonial sufrido.

En declaraciones a este medio, Abelardo Moreno destacó la importancia de este caso como precedente para futuros accidentes relacionados con patinetes eléctricos. Las lesiones cerebrales no solo afectan físicamente, sino que también tienen un impacto emocional y social profundo. Es fundamental que las víctimas reciban una indemnización justa que cubra todos los aspectos de su recuperación y calidad de vida”, afirmó Moreno.

Este accidente no es un caso aislado

En los últimos años, el uso de patinetes eléctricos ha experimentado un auge sin precedentes en España. Según datos de la Dirección General de Tráfico (DGT), entre las lesiones más comunes se encuentran los traumatismos craneoencefálicos, fracturas y heridas graves, muchas de ellas con consecuencias irreversibles. Este incremento de los accidentes ha generado un debate sobre la seguridad vial y la necesidad de regular el uso de los patinetes eléctricos.

En respuesta, el Gobierno aprobó recientemente una normativa que clasifica a estos vehículos como "vehículos personales ligeros". Entre las medidas más destacadas se encuentran la obligatoriedad de contratar un seguro de responsabilidad civil, la creación de un registro público para identificar a los propietarios y el uso obligatorio del casco. Además, se han establecido límites de velocidad en zonas urbanas, restringiendo la circulación de estos vehículos en aceras y áreas peatonales.

Sin embargo, los expertos advierten que estas medidas, aunque necesarias, no son suficientes. Antes de circular, es fundamental que los usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP), como los patinetes eléctricos, conozcan las normas de seguridad.  Cada ayuntamiento tiene la facultad de regular la circulación de los VMP. Sin embargo, existen normas generales que todos los usuarios deben seguir.

Está prohibido que los VMP circulen por aceras, zonas peatonales, pasos de travesía, autopistas, autovías, vías interurbanas o túneles en áreas urbanas.

Las vías permitidas se especifican en las ordenanzas municipales; si no hay ordenanza, se puede circular por cualquier calzada urbana. Además, la velocidad de estos vehículos debe estar entre 6 y 25 km/h.

El abogado especialista en indemnizaciones por accidentes Abelardo Moreno enfatiza la urgencia de fomentar una mayor concienciación pública sobre los riesgos asociados al uso de estos vehiculos de movilidad personal. La falta de atención, las maniobras imprudentes y el desconocimiento de las regulaciones son factores que contribuyen significativamente a la mayoría de los accidentes.

Además, la carencia de infraestructura adecuada para la circulación de patinetes, como carriles exclusivos y señalización clara, agrava esta situación, poniendo en riesgo la seguridad de todos los usuarios de la vía, concluye Moreno.

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