Estas son las deducciones de la Renta 2024-2025 para propietarios por alquilar o rehabilitar una vivienda

Existen bonificaciones estatales de viviendas siempre que reúnan los siguientes requisitos

Guía de la declaración de la renta 2024-25: calendario, plazos, desgravaciones, novedades

Un cartel anunciando el alquiler de un piso en el centro de Cádiz.
Un cartel anunciando el alquiler de un piso en el centro de Cádiz. / Julio González

Hasta el próximo 30 de junio, los contribuyentes tendrán que presentar la declaración del ejercicio fiscal 2024 y los propietarios tienen a su disposición deducciones en materia de vivienda de carácter estatal.

En esta materia están disponibles tanto la deducción por los ingresos percibidos por rentas del alquiler y por las cantidades aportadas por obras de rehabilitación energética, con unas condiciones que varían en función de dónde se ubique el inmueble, la fecha de la firma del contrato o el tipo de actuación acometida para mejorar la eficiencia.

Deducción del alquiler de los nuevos contratos

Una de las novedades de la Campaña de la Renta de este año es que los arrendadores se podrán desgravar el 60% en el rendimiento neto del alquiler de vivienda siempre y cuando el contrato de arrendamiento se formalizara antes del 26 de mayo de 2023, cuando entró en vigor la Ley por el Derecho a la Vivienda.

Desde esa fecha, como dictaminó la propia Ley de Vivienda, la deducción general se reduce del 60% al 50%. Por tanto, los propietarios deberán tener muy en cuenta la fecha en la que firmaron sus contratos de arrendamiento de vivienda para confirmar la bonificación que se pueden aplicar.

Este punto cuenta con una excepción, y es cuando se hacen obras de rehabilitación en las viviendas arrendadas. En esos casos, aunque se trate de un contrato firmado desde el 26 de mayo de 2023, se mantiene la reducción del 60%.

Deducciones en zonas tensionadas o rebajas del alquiler

Por un lado, la deducción que se pueden aplicar los arrendadores asciende al 70% en el caso de viviendas cedidas o arrendadas a la Administración Pública o entidades del tercer sector, o acogidas a algún programa público de vivienda que limite la renta del alquiler.

En el caso de que las viviendas estén ubicadas en zonas tensionadas, los propietarios también se podrán deducir el 70% de las rentas si su vivienda está alquilada a jóvenes de entre 18 y 35 años.

La deducción máxima es del 90%, pero solo está disponible para arrendadores que tengan una vivienda alquilada en una zona tensionada y siempre que hayan bajado el precio del alquiler al menos un 5% en relación con la renta fijada en el contrato anterior.

Otras deducciones en la vivienda: reformas

También existen las deducciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por obras de mejora de la eficiencia energéticas en viviendas que se aplican sobre las cantidades invertidas en obras de rehabilitación que contribuyan a alcanzar determinadas mejoras de la eficiencia energética de la vivienda habitual y en los edificios residenciales, acreditadas a través de certificado de eficiencia energética. Estas son las bonificaciones:

  • Deducción del 20% por actuaciones que reduzcan un 7% la demanda de calefacción y refrigeración en vivienda habitual o de cualquier otra de su titularidad, siempre que estuviese arrendada o con expectativas de arrendarla, siempre que se suscriba dicho contrato antes del 31 de diciembre de 2025. Hasta 5.000 € anuales.
  • Deducción del 40% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación energética alcanzando las letras «A» o «B» en vivienda habitual o de cualquier otra de su titularidad, siempre que estuviese arrendada o con expectativas de arrendarla, siempre que se suscriba dicho contrato antes del 31 de diciembre de 2025. Hasta 7.500 € anuales.
  • Deducción del 60% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación alcanzando las letras «A» o «B» en edificios residenciales. Su periodo de aplicación finaliza el 31 de diciembre de 2025. Hasta 5.000 € anuales.
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