Hacienda advierte sobre el IRPF a los mayores de 65 años por la venta de vivienda habitual

La Agencia Tributaria informa sobre los derechos fiscales a partir de cierta edad

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Una vista aérea de la avenida principal de Cádiz
Una vista aérea de la avenida principal de Cádiz / Julio González

Las dudas acerca de los beneficios tributarios siempre afloran. Aunque la Declaración de la Renta tiene lugar cada año entre abril y junio, Hacienda se pasa todo el año haciendo labor pedagógica en materia fiscal. Los propietaros mayores de 65 años tienen una serie de ventajas en el IRPF al vender su vivienda habitual. Sin embargo, esto no es en todos los casos. De ahí que se haya lanzado a una campaña informativa.

Normalmente, la vivienda de un inmueble supone el pago de impuestos de IRPF por ganancia obtenida, plusvalía municipal y el IBI proporcional. No obstante, a partir de los 65 hay casos en los que no es necesario declarar la ganancia derivada de la transmisión de la vivienda habitual. Una exención aplicable tanto si es a cambio de un capital como de una renta. Esta excención también se extiende a la transmisión de nuda propiedad de casa o piso habitual para mayores de 65 años que se reservan un usufructo vitalicio. No obstante, si la propiedad está repartida entre nudo propietario y usufructuario, la exención no se aplica a nadie. La exención solo es válida si ha sido la casa del contribuyente al venderse o ha vivido allí los dos últimos años.

Otras exenciones del IRPF para mayores de 65 años

La dación en pago es otra forma de estar exento en la transmisión de una vivienda habitual. Esto es destinar la casa al pago de una deuda hipotecaria. La ganancia patrimonial aquí estaría exenta si se dan estas condiciones:

  • Transmisión realizada para una ejecución hipotecaria
  • Cancelación de deuda sobre la vivienda habitual contraída con bancos y entidades de crédito
  • El propietario no dispone de otros bienes para cubrir la totalidad de la deuda

En cualquier caso, Hacienda pide que las personas que vendan una vivienda siempre lo hagan asesorados por un experto en materia fiscal que pueda aconsejarle en su caso personal.

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