Hacienda multa con miles de euros a los propietarios que venden sus viviendas muy baratas
El fisco establece límites al establecer el precio de una vivienda
Con las sanciones, buscan evitar que se hagan donaciones encubiertas para evitar pagar el impuesto correspondiente
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La compraventa de viviendas es uno de los movimientos más vigilados por Hacienda desde siempre. En el caso de Cádiz, donde el mercado inmobiliario están tan saturado, lo normal es que las propiedades estén incluso por encima de su valor. Sin embargo, existen casos al contrario: pisos que acaban vendiéndose por una cantidad inferior de su valía. Hacienda persigue estas transacciones al entender que se puede estar intentando hacer una donación encubierta a familiares o que se está completando la compra con efectivo para declarar menos.
Para enfrentarse a posibles prácticas fraudulentas en estas operaciones, la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) establece unos límites al precio al que se puede fijar una vivienda. De esta manera, en caso de considerar que se ha vendido demasiado barata, investiga el caso y sanciona al propietario.
El portal inmobiliario Idealista aclara que hay más motivos por los que Hacienda investiga una compraventa. Uno de ellos, pagar con dinero negro, lo que se considera un delito muy grave. Con el fin de evitar el fraude y la evasión de impuestos, desde Idealista se explica que Hacienda considera que hay infracción en la venta de un inmueble en dos supuestos.
El primero de ellos, cuando el precio de venta del inmueble está por debajo del 10% de su valor. En ese caso, se sanciona al propietario con multas de entre 1.000 y 10.000 euros. En el segundo caso, si la venta está por debajo del 5%, las multas ascienden a entre 20.000 y 100.000 euros y prisión de entre seis meses y dos años.
Una casa en Cádiz valorada en 400.000 euros cuya venta se cierre en 40.000 euros acarrearía una multa de entre 1.000 y 10.000 euros. Si esta se vendiera por 20.000 euros, la sanción podría llegar hasta los 100.000 euros. Asimismo, las ganancias y perdidas patrimoniales han de ser declaradas en la declaración de la Renta.
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