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La playa es ese espacio de desconexión para muchos donde los problemas se olvidan. Más si es verano, tiempo para relajarse tras un intenso año laboral. En ese contexto, el hedonismo, la búsqueda del placer se abre paso. En un ambiente gobernado por las ganas de dar paso al libre albedrío, muchos usuarios olvidan ciertas normas de convivencia que se establecen en las playas. Por despiste o por mala intención, la cuestión es que hay razones de multas totalmente desconocidas.
La ordenanzas de playas de municipios como Cádiz tienen una larga lista de lo que no se debe hacer. La mayoría de ellas tienen que ver con acciones que se ven a diario en las playas. Tanto que se trata de actividades que se consideran normales, cotidianas, pero que un agente de Policía Local puede multar sin pestañear.
Por ejemplo, alguna vez se ha visto la escena de una persona que, para ganarle tiempo al verano, decide llevarse gel y champú para quitarse la sal del mar en las duchas públicas. Pues bien, esto es motivo de multa en Cádiz capital, según se recoge en el texto normativo. Otro detalle que pasa desapercibido: bañarse en un canal náutico de entrada y salida de embarcaciones. No es habitual volver a casa con una multa así. Sin embargo, está contemplado en la ordenanza municipal.
Los juegos de pelota siempre han sido la razón más conocida de multa. La estampa de un grupo de jóvenes hablando con policías para salvar su balón es conocida cada tarde. Aunque en la mayoría de ocasiones ocurre por el fútbol en la orilla, la normativa se refiere a juegos de pelota. Y esto se puede extrapolar, también, a las clásicas palas. Otra con cierta curiosidad es la referente a los juegos en ducha.
Una infracción leve que recoge la ordenanza de las playas de Cádiz es la de fumar tabaco o cualquier producto que contenga nicotina. Sin embargo, la capital aún no ha aplicado las zonas libres de humo en su arenales, pese a tenerlo contemplado en su reglamento.
Infracciones leves - Multas de hasta 750 euros
Infracciones graves - Multas de 751 a 1.500 euros
Infracciones muy graves - Multas de 1.501 a 3.000 euros
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