Estos son los pagos por Bizum que se deben incluir en la Declaración de la Renta

Fiscalidad

Este método es cada vez más común para realizar transacciones

Guía para hacer la Declaración de la Renta 2022 en Cádiz: novedades, deducciones y dudas comunes

Un usuario hace un pago por Bizum con su móvil
Un usuario hace un pago por Bizum con su móvil / Julio González
R. D.

07 de mayo 2023 - 06:00

Bizum, proveedor de servicios para realizar pagos instantáneos, se ha convertido en un método de pago cada vez más frecuente entre la población. A la hora de realizar el ejercicio de la Renta, es posible que surja la pregunta de si estos pagos deben ser o no incluidos en la Declaración.

En el caso de las transacciones esporádicas, como pueden ser el pago a medias de una cena o los gastos compartidos de un viaje, no tienen que ser declaradas. Tan solo los recibidos por autónomos y los ingresos que suponen una ganancia deben ser reflejados en el ejercicio de la Renta.

Cuando el trabajo de un autónomo es retribuido por Bizum, al entenderse el pago como un "beneficio económico derivado de una actividad profesional" es necesario declararlo, independientemente de la cantidad del envío.

El supuesto de los ingresos con rentabilidad afecta a las personas que, sin estar dadas de alta como autónomas, reciben una compensación económica a cambio de una actividad. Ejemplo de ello son los alquileres de garajes o trasteros. Además, cualquier pago por Bizum que supere los 10.000 euros anuales debe declararse en el ejercicio de la Renta.

En conclusión, como afirma el experto de Taxdown Álvaro Icaza: "Si se trata de un rendimiento que supone una ganancia, sí que habrá que declararlo."

La no declaración podrá multarse con 600 euros

También es importante tipificar los Bizum correctamente. Los autónomos tributan estos pagos instantáneos como rendimientos de actividades económicas; mientras que, en el supuesto de los ingresos con rentabilidad, se consideran rendimiento del capital inmobiliario.

El incumplimiento de la declaración de estos pagos podrá suponer una sanción económica. Esta irá desde los 600 euros hasta el 50% del valor de la cantidad recibida.

La Declaración de la Renta, que comenzó el pasado 11 de abril, cerrará el plazo para presentarla el próximo 30 de junio. El ejercicio de 2022 incluye importantes innovaciones. Entre ellas: las rentas inferiores a 14.000 euros no deben hacer la declaración; la deducción por maternidad se amplía; se han producido cambios en los planes de pensiones; y se cobrarán más impuestos a las rentas más altas.

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