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La reforma del subsidio en España que entró en vigor el pasado 1 de noviembre introdujo una serie de cambios de calado. Los mayores de 52 años sin empleo son uno de los grupos más beneficiados por estas modificaciones.
Aunque la cantidad a percibir de 480 euros no les varía, el Gobierno mantiene el 125% de la base mínima de cotización. Por lo que el Estado sigue cotizando un 25% adicional de estos trabajadores para no perjudicarles en su futura pensión.
Asimismo, podrán compatibilizar un trabajo a tiempo parcial con esta ayuda económica que tendrán derecho a cobrar hasta la edad de jubilación, siempre que estén en situación de desempleo, no superen el 75% del salario mínimo y estén en búsqueda activa de empleo.
El Servicio de Empleo Estatal indica en su web las condiciones para optar a esta ayuda económica para desempleados que superen cierta edad. Estos son los requisitos:
La duración de este subsidio está disponible hasta que se alcance la edad de jubilación contemplada por el sistema de la Seguridad Social. El cobro mensual de esta ayuda es igual al 80 % del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM). En total, 480 euros. El SEPE o Instituto Social de la Marina ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a la jubilación.
El pago de las mismas se hace por mensualidades de 30 días y se ingresa en el banco entre el 10 y 15 de cada mes. Se realiza un abono en la cuenta bancaria facilitada al ente público por parte del beneficiario.
La tramitación de estas ayudas se puede realizar en las oficinas del Servicio de Empleo Público Estatal, previa cita, e incluso en la sede electrónica del SEPE.
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