El subsidio de casi 500 euros al mes para desempleados mayores de 52 años
Esta ayuda es compatible con un trabajo a tiempo parcial
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La reforma del subsidio en España que entró en vigor el pasado 1 de noviembre introdujo una serie de cambios de calado. Los mayores de 52 años sin empleo son uno de los grupos más beneficiados por estas modificaciones.
Aunque la cantidad a percibir de 480 euros no les varía, el Gobierno mantiene el 125% de la base mínima de cotización. Por lo que el Estado sigue cotizando un 25% adicional de estos trabajadores para no perjudicarles en su futura pensión.
Asimismo, podrán compatibilizar un trabajo a tiempo parcial con esta ayuda económica que tendrán derecho a cobrar hasta la edad de jubilación, siempre que estén en situación de desempleo, no superen el 75% del salario mínimo y estén en búsqueda activa de empleo.
Requisitos para solicitar el subsidio de desempleo para mayores de 52 años
El Servicio de Empleo Estatal indica en su web las condiciones para optar a esta ayuda económica para desempleados que superen cierta edad. Estos son los requisitos:
- Tener agotadas toda prestación contributiva de desempleo con fecha de 1 de noviembre de 2024 o con posterioridad. En este caso se elimina la obligación de estar inscrito como demandante de empleo en el plazo de un mes y se tiene en cuenta la fecha de agotamiento de la otra ayuda.
- Acreditar situación legal de desempleo con un mínimo de 90 días cotizados
- Tener 52 años en la fecha de solicitud de la ayuda
- Desempleo total o trabajo a tiempo parcial
- Estar inscrito como demandante de empleo y con el compromiso de actividad
- Otro requisito es "haber cotizado efectivamente en España por la contingencia de desempleo durante, al menos, seis años a lo largo de tu vida laboral"
- Acreditar "carencia de rentas propias" (con la presentación de una declaración de la renta cada 12 meses)
Duración y cuantía de subsidio de desempleo para mayores de 52 años
La duración de este subsidio está disponible hasta que se alcance la edad de jubilación contemplada por el sistema de la Seguridad Social. El cobro mensual de esta ayuda es igual al 80 % del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM). En total, 480 euros. El SEPE o Instituto Social de la Marina ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a la jubilación.
El pago de las mismas se hace por mensualidades de 30 días y se ingresa en el banco entre el 10 y 15 de cada mes. Se realiza un abono en la cuenta bancaria facilitada al ente público por parte del beneficiario.
La tramitación de estas ayudas se puede realizar en las oficinas del Servicio de Empleo Público Estatal, previa cita, e incluso en la sede electrónica del SEPE.
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