Un protocolo facilita el trámite para empadronar a personas sin hogar en San Fernando
El registro en el padrón permite acceder a derechos y recursos como el ingreso mínimo vital
La persona quedará inscrita por los servicios municipales con "domicilio ficticio"
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San Fernando/Un nuevo protocolo facilitará la tramitación del empadronamiento en el municipio de las personas sin hogar. "Es un avance fundamental para que estas personas tengan acceso a recursos y prestaciones", destaca la concejala de Desarrollo Social, Isa Blanco, que explica que se ha trabajado con el consenso de las entidades que atienden a este colectivo.
El Boletín Oficial de la Provincia (BOP) publicó el pasado jueves el decreto de Alcaldía del 5 de febrero en el que se aprobaba el nuevo procedimiento que debe seguir el Ayuntamiento para registrar en el padrón municipal a las personas sin techo. Hasta ahora resultaba complicado para el colectivo realizar este trámite y eso dificultaba el acceso a ayudas que podían mejorar su situación. Era de hecho una de las reclamaciones principales de la Plataforma Personas sin Hogar, que integran entidades que atienden a estas personas como Personas sin hogar con Derecho (Pesho-De), Calor en la Noche y Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDHA).
El protocolo pretende fijar las vías alternativas por los que los servicios municipales pueden proceder al empadronamiento de personas que no tengan domicilio pero sí residan de manera habitual en la ciudad. Hay que recordar que que la legislación obliga a toda personas que viva en España a inscribirse en el padrón del correspondiente municipio y que además estas personas sin hogar, "en el caso de personas desplazadas o carentes de domicilio", señala la Ley 9/2016 de Servicios Sociales de Andalucía, tienen derecho a disponer de un profesional de referencia de Servicios Sociales. Incluso se recoge la Resolución de 3 de febrero de 2023, de la presidencia del Instituto Nacional de Estadística, y la anterior de 17 de febrero de 2020 que en uno de su puntos regula las instrucciones para el empadronamiento en infravivienda y de personas sin domicilio. En el segundo caso habla de "domicilio ficticio" si residen de manera habitual en la localidad y es conocida por los Servicios Sociales. Por eso, la nueva norma da indicaciones de cómo actuar a este servicio pero también a los Servicios Administrativos Generales.
El procedimiento prevé la implicación de las entidades que atienden a las personas sin hogar en la calle o del servicio especializado de Cáritas Diocesana que podrán acreditar la residencia habitual de la persona. "Muchas no vienen a Servicios Sociales y sin embargo las entidades sí las conocen, las atienden", reconoce la concejala de Desarrollo Social. Así tendrán un registro de estas personas que en su caso pueda justificar su residencia en La Isla al menos con una antelación de seis meses sobre la fecha en que se inicia el procedimiento. Tendrán que ser personas sin domicilio fijo en el municipio, que no estén empadronadas en San Fernando o lo estén en una dirección que ya no sea su domicilio. Quedan excluidos quienes ocupen una vivienda de manera irregular, quienes residan en una casa con autorización de la propiedad o quienes vivan en infravivienda.
El procedimiento
El procedimiento se inicia con la petición del interesado en la Oficina de Atención al Ciudadano, como cualquier solicitud. El Ayuntamiento acepta el empadronamiento en un establecimiento colectivo, como residencias o centros de acogida, para lo que se necesita autorización de la dirección del mismo; pero también la posibilidad de hacer constar el punto geográfico donde se encuentre la chabola, la cueva, la caravana, la caseta o construcciones similares que habite. Si no tiene punto fijo debe indicarlo. Será la persona responsable de esta oficina la que haga una petición a los Servicios Sociales para que informe sobre la situación de sinhogarismo, la habitualidad de la residencia en el municipio y la dirección en que debe empadronarse. Esta será la ya mencionada "domicilio ficticio" por no tener domicilio fijo o estar en intervención por parte de Personas sin hogar de Cáritas y encontrarse alojado en el albergue Federico Ozanam. A los efectos la dirección será la de los servicios centrales del área, es decir, la calle Isaac Peral 11-13.
La trabajadora social de referencia deberá realizar un estudio de la situación del solicitante con la declaración expresa del tiempo que lleva en el municipio, de los lugares que pernocta y de los servicios o recursos donde recibe ayuda, que incluya el DNI o pasaporte de la persona, y los documentos acreditativos de las entidades sociales que tengan conocimiento. Incluso puede solicitar informe de Policía Local si fuera necesario. La persona debe facilitar datos de localización, comparecer ante el profesional de atención de referencia al menos cada seis meses y cambiar los datos del padrón en cuanto disponga de domicilio o dirección propia.
El protocolo deja claro que la trabajadora social de referencia debe iniciar el proceso de baja si la persona no cumple los compromisos adquiridos, ante la falta de comparecencia, si la persona obtiene plaza en centro residencial, por fallecimiento o por incumplimiento del plan de intervención social.
Acceso a derechos
La Plataforma Personas sin Hogar quiere hacer un análisis del protocolo antes de pronunciarse. Sin embargo, adelantan la "sorpresa" por la vigencia del protocolo, que se fija entre 2024 y 2026. Desde el gobierno se aclara que estos periodos son "normales" por una cuestión de revisión, dado que lo habitual sea "tener que ajustarse al desarrollo normativo".
El empadronamiento para personas sin hogar supone un paso fundamental para que "puedan acceder a prestaciones y recursos". Blanco apunta a unas seis personas, "cuatro con seguridad", que han podido acceder al ingreso mínimo vital a partir de su inscripción en el padrón municipal. Y esa prestación ha llevado a que puedan salir de la calle y residir en una vivienda. Favorece en definitiva su avance también con un proyecto de atención personalizado.
La falta de registro de estas personas dificultaba la labor de los trabajadores municipales. Ahora con este protocolo se aclara el procedimiento para que los servicios municipales correspondientes puedan empadronar a la personas, pero también facilita la atención que necesitan estas personas.
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